La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo contra la Asociación Centro Educativo Nuestra Señora del Pilar, de Escazú, por negarle a uno de sus estudiantes de undécimo año ir a clases con el pelo largo.
En cualquier otro caso esto podría ser un tema menor, pero en el del estudiante de ese centro educativo no. El joven padece leucemia linfoblástica aguda (cáncer en la sangre) y un psicólogo que lo atiende le recomendó al colegio hacer una excepción en el reglamento institucional para darle el permiso al estudiante, pero el colegio se negó.
La sentencia de la Sala es la 2018-11723 del 20 de julio del 2018 a las 9:30 de la mañana. El tribunal explica que comprobó que el joven es estudiante regular del Nuestra Señora del Pilar y que pese a las dificultades físicas y mentales, producto de la enfermedad, logró retomar sus estudios y fue por recomendación médica de un psicólogo especialista de la Clínica del Dolor y Cuidados Paliativos del Hospital San Juan de Dios que se hizo la petición (de dejarlo ir con pelo largo).
El estudiante se encuentra en un proceso psicoterapéutico intensivo porque perdió su cabellera durante un año como efecto secundario del tratamiento al que se sometió. Las autoridades del colegio pasaron por alto el dictamen médico y le indicaron que debía ir con el pelo corto.
“Por lo anterior, la Sala por unanimidad ordenó a la presidenta y representante judicial y extrajudicial de la Asociación Centro Educativo Nuestra Señora del Pilar que se le permita mantener el cabello largo al amparado por el resto del curso lectivo”, establece el comunicado.
Llamamos a la institución para conocer su posición y una religiosa, que no quiso dar su nombre, dijo que no se iban a referir al caso porque no han recibido ninguna notificación.