Los nicaragüenses que llegaron a Costa Rica huyendo de la situación que están viviendo en su país recibieron una nueva luz de esperanza.
El Ministerio de Trabajo informó que los inmigrantes que tengan el carné de refugiados podrán solicitar trabajo como lo hace cualquier otro costarricense.
“Las personas refugiada o solicitante tiene los mismos derechos y deberes que un costarricense, exceptuando los derechos políticos. Cuando una organización del sector privado contrata a un refugiado o a un solicitante debe cumplir la normativa nacional que aplica para cualquier persona que participa activamente del mercado laboral, mismas garantías y mismos deberes”, informaron desde la oficina de prensa del Ministerio de Trabajo.
La noticia llega a tranquilizar un poco a todos aquellos que huyeron de su país por la complicada situación que vive Nicaragua, debido a la represión por parte del Gobierno de Daniel Ortega y su esposa y vicepresidenta, Rosario Murillo, donde se calcula la muerte de más de 300 personas en menos de tres meses.
Aunque sus vidas ya no corren peligro, la angustia de los pinoleros que están en Tiquicia es la dormida y la comida, ya que muchos de ellos no consiguen trabajo por la situación en la que están.
Muchas empresas les cierran las puertas porque no quieren exponerse a una multa por contratar personal con una situación migratoria irregular.
Esa misma congoja es por la que pasa el nicaragüense, al cual llamaremos “Ronny”, quien es sociólogo y tuvo que salir corriendo de su país natal.
Este profesional tenía un negocio familiar que abandonó para salvar su vida y ahora que está en Costa Rica, está a punto de quedarse sin el poquitillo de plata que trajo de allá, y a todas las puertas que ha tocado para pedir brete le han dicho que no.
La mayoría de las empresas no saben qué hacer para darle trabajo a personas como él, que está tramitando su estatus de refugiado y no tiene una naturalización o cédula de residencia para inscribirlo como trabajador.
Por eso en la ley No. 8764 de la Ley de Migración y Extranjería, en los artículos 106, 107 y 108 establecen la norma que permite a personas refugiadas un permiso temporal que, con una identificación que demuestre su permanencia legal en el país, puedan aplicar a un trabajo o intentar montar un negocio.
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Los que no tengan estos papeles, se consideran ilegales por lo que lo primero que deben hacer es sacar una cita en Migración y presentar la solicitud.
Esto quiere decir que los que hagan este procedimiento ya tendrían derecho a una jornada de trabajo con el debido pago de un salario. Inclusive, hasta pueden optar por el pago de horas extra cuando así se realicen.
El patrono deberá pagar los seguros y pólizas que exige la ley, y en caso de que se incumpla uno de estos derechos, al igual que a cualquier otro trabajador, el refugiado puede presentar la denuncia ante el Ministerio de Trabajo.
Esta es la forma más efectiva de buscar trabajo, sin caer en las garras de la trata de personas.
El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) tiene la línea de información 800 REFUGIO para brindar información a las personas refugiadas y solicitantes de los distintos programas que tiene el ACNUR y sus agencias socias en el país.
Y si tienen acceso a Internet, también pueden visitar la página www.vivirlaintegracion.cr y la página www.integratealempleo.info.