111 trabajadores que tienen contrato por servicios profesionales denunciaron a sus empleadores ante el Ministerio de Trabajo porque no les pagaron aguinaldo.
Sin embargo, los únicos que tienen derecho a recibir aguinaldo son los trabajadores que, sin importar cómo les paguen, tengan como mínimo un mes laborado para la misma persona o empresa, y los que trabajan por contrato pero con un plazo fijo o por obra determinada. También los que trabajan por días y horas a la semana.
Se establece una relación por servicios profesionales cuando se realiza un trabajo y se recibe un pago, pero de por medio no existe una subordinación ni un horario de trabajo.
“Por ejemplo, si usted necesita que una casa esté terminada en tres meses y le dice a alguien, haga lo que tenga que hacer para que esté terminada pero usted no le gira instrucciones, ni le pone un horario, esa trabajador no tiene derecho a recibir aguinaldo”, explicó Geovanny Díaz, vocero del Ministerio de Trabajo.
LEA MÁS: Así puede evitar que le hagan chanchullo con su aguinaldo
“En el momento en el que usted le de una orden y le fije un horario, entonces pasa a ser una relación laboral”, dijo. Esa situación obligaría a pagar un aguinaldo.
Otro ejemplo es cuando el dueño de una revista le pide a un periodista que le entregue equis cantidad de notas para publicar. “Necesito cuatro artículos sobre el tema que usted quiera, pero para esos cuatro artículos no tiene que presentarse a la revista, ni tiene un horario, ni recibe órdenes. Solo me los entrega y y le pago, eso es una relación de servicios profesionales”, añadió.
Tampoco tienen derecho los que trabajaron menos de un mes. “Hubo varios casos de gente que empezó a trabajar el 1 de diciembre y terminó el 24, esos no tienen derecho”, añadió Díaz.
En total, hubo 392 denuncias con corte al 27 de diciembre, de las cuales se lograron atender 258. De esos, 27 patronos pagaron el aguinaldo a sus empleados tras la intervención, según el ministerio.
Según la ley, la fecha límite para pagar aguinaldos es el 20 de diciembre.
LEA MÁS: Aguinaldo de 135 empleados se pagaría el 20 de diciembre
84 patronos quedaron prevenidos y el ministerio espera que cuando retomen labores, el 2 de enero, hayan pagado. Sino fuera así, se exponen a una multa que va desde ¢430 mil a un poco más de ¢9 millones, más lo que deba pagar por el treceavo.
Díaz dijo que el año pasado resolvieron todas las denuncias, menos una que quedó pendiente. 10 fueron elevadas a los Tribunales de Trabajo.