La jueza Tatiana López además de condenar al hombre de apellidos Saborío Soto por matar a un gato lanzándolo desde un edificio, le dio una buena jalada de orejas.
López le dio la pena máxima de dos años de prisión con el beneficio de la ejecución condicional de la pena (es decir, no irá a la cárcel). Eso sí, debe portarse bien los próximo cinco años evitando cometer un delito doloso, porque de lo contrario, si iría a la cárcel, descontando las penas.
Ella aseguró que analizó el video de los últimos minutos de Ochi o Machito, como le llaman al gato, y determinó que Saborío estaba completamente en sus capacidades cognitivas y volitivas (capacidad de decidir y ordenar la propia conducta).
“Se escuchan las expresiones que usted dice, usted cree que sobrevive el gatito, indica también el término: ‘le daba playada’, disculpen el término (dijo la jueza) y más específico, lo cual hace determinar para esta juzgadora que usted siempre estaba en sus capacidades.
“Sabía lo que estaba haciendo, sabía el resultado de qué iba a pasar si lanzaba un animal desde el sexto piso, no es un niño para experimentar ¿qué va a pasar con un gato si se va a lanzar desde un balcón?”, le dijo con voz fuerte la jueza al sentenciado delante de todos los que estaban en la sala 10 del Tribunal Penal de Goicoechea.
Además, le reprochó que el gato confiaba en él.
“Las lesiones que este ser viviente tuvo, la caída en ese árbol, la sobrevida que se arrastrara 30 metros, que todavía a pesar de que fue auxiliado con gente de gran corazón... el gato murió”, dijo.
Segunda oportunidad
La jueza argumentó por qué no se fue por la pena mínima, como solicitaron las defensoras de él, sino más bien por la máxima.
“La pena es proporcional al perjuicio y a la lesión del bien jurídico tutelado, la traición que le hicieron a un animal doméstico estima esta juzgadora es proporcional a la pena de dos años.
“A pesar de que en el informe se indica que usted tenía un archivo criminal (por hurto y conducción temeraria)... no hay condena alguna, esta juzgadora, tomando en cuenta que usted es un hombre joven, con una vida por delante, que puede hacerle frente, como lo ha hecho, a este procedimiento al que viene, se le otorga el beneficio de ejecución penal, no por el mínimo de tres años, sino por cinco años, quedando en usted demostrar que cumple con la convivencia social, de ahí que también se valoró que usted está estudiando.
“Usted está trabajando, está estudiando, tiene un familia que sí vino todos los días (al juicio), de manera que determino que sí es proporcional en imponer la ejecución condicional por el plazo de cinco años, advertido que si durante esos cinco años comete algún delito de carácter doloso con una pena superior de los seis meses, se revoque (esta sentencia) y tiene que ir a descontar ambas condenas”, señaló.
Además, declaró sin lugar la Acción Civil Resarcitoria porque Catrix, la Asociación que interpuso esta demanda, fue inscrita como asociación en el Registro Nacional hasta un año y diez meses después de ocurrido los hechos.
A Saborío no le devolvieron el pasaporte.
El gato murió el 19 de noviembre del 2019, pero el caso se dio a conocer el 31 de julio del 2020, cuando se viralizó un video en redes sociales.