La sentencia por el caso del atroz homicidio de la doctora María Luisa Cedeño Quesada, determinó que un bailarín recibiera 50 años de condena, mientras que un empresario y un administrador fueron absueltos.
La sala número 3 del Tribunal Penal de Goicoechea estuvo este viernes repleta de personas que llegaron a escuchar el veredicto, entre ellas familiares y amigos de la anestesióloga asesinada.
Al bailarín nicaragüense, Teodoro Herrera, le recetaron 50 años por un delito de homicidio calificado y un delito de violación. Él descontará seis meses de prisión preventiva mientras la sentencia queda en firme.
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Al empresario holandés de apellido Bodaan lo absolvieron, al igual que al administrador, de apellidos Miranda Izquierdo.
Así lo dictaron los jueces Sandra Arrieta, César Palma y Rodrigo Salas, del Tribunal de Puntarenas, que fueron los que llevaron a cabo este debate desde el 13 de setiembre del 2022; aunque se realizó en San José debido a que el Tribunal de Quepos fue recusado por los abogados de los imputados.
El juez César Palma fue quien dio todos los ¿por qué?, en este sonado fallo.
En el caso de Herrera Martínez la prueba lo hundió.
“Hubo mucha prueba de carácter técnica científica, no solo en el lugar de los hechos, sino también con el cuerpo de la víctima” indicó el juez.
En las pruebas forenses encontraron en las uñas de la víctima piel del sentenciado. Además, los forenses hicieron un perfil genético y varios hisopados que delataban a Herrera. También encontraron elementos pilosos (pelos).
Entre las pruebas analizadas se encontró una huella del pie del imputado, que coincidía en 11 características, más que suficiente como prueba.
“En el cuarto del imputado se encontró material genético de él y de la víctima”, dijo el juez.
Además, Martínez se ve en un video de la madrugada del 20 de julio del 2020 en el hotel, fecha en que se dio el crimen.
“Otro elemento muy importante son los dictámenes médicos legales realizados a Martínez, que establecen que tiene lesiones compatibles en el rostro, la mano derecha y la espalda. Esas lesiones que tiene Herrera Martínez son compatibles con la hora que se acusó, que ocurrieron los hechos”, señaló.
Aunque la Fiscalía solicitó que lo condenaran por tres delitos de violación, solo lo condenaron por uno, por un criterio unificador de la Sala cuando se trata de un mismo delito.
En el caso de Miranda, este fue absuelto porque no hay elementos científicos que lo vinculen en la escena del asesinato o en el cuerpo de la víctima.
“Al mantenerse una duda se debe aplicar el beneficio de in dubio pro reo. No existe grado de certeza en lo planteado por el Ministerio Público”, dijo Palma.
Algunas otras razones que se plantearon fueron que tenía pornografía, pero eso no es una prueba. También se tocó el tema de unas galletas de perro que tenía Miranda que podían ser un vínculo, porque Cedeño llevó a su perrita Mafalda al hotel. Pero tampoco se pudo determinar que esas galletas fueron compradas con ese fin.
El carro de Miranda dio positivo en pruebas de olor a sangre días después del crimen, debido al olfato del perro del OIJ, Baco, pero al realizar otras dos pruebas, que eran necesarias, estas fueron negativas y según el juez, el trabajo del perro tampoco era 100 por ciento certero porque en el informe dice que también detectó otro tipo de muestras y que por ratos no quiso trabajar.
Otra tesis que se llevó al juicio, fue que el administrador practicaba artes marciales y que una lesión provocó la muerte de María Luisa, pero la forense aseguró que no era la única lesión.
Por último, en el caso de Bodaan, no hubo hechos que lo vincularan en el sitio.
“Se le realizó una valoración médica y no tenía lesiones compatibles”, dijo el juez.
Además, las pruebas odontológicas forenses que le hicieron al empresario no fueron concluyentes, para los jueces no se pudo establecer una certeza.
Los jueces detallaron que cuando hicieron las pericias en el antebrazo izquierdo, el odontólogo forense José Manuel Fernández dijo que se analizaron dos lesiones en el antebrazo izquierdo, que describen que la mordida es poco común o que puede coincidir con otra cosa, que no precisamente era una mordida.
En el caso de la lesión de la víctima en la mejilla izquierda, tampoco se logró establecer, ya que el peritaje indicó que esa lesión era una sobremordedura y que hay características en el sulfato de la piel que no permiten valorar por la elasticidad. Ese tema de las mordidas fue ampliamente conversado en el juicio.
En cuanto a las mordeduras, se trató de ver si se podía realizar una nueva valoración por parte de otro odontólogo forense, pero el doctor Fernández es el único que en el país para hacer esa pericia.
“Que Bodaan y Miranda no tuvieran lesiones en el cuerpo fue valorado por el tribunal”, dijo el juez.
Por la acción civil resarcitoria, Herrera y el Hotel La Mansion Inn, ahora llamado Oceans Two fueron condenados a pagar ¢795 millones por daño material; ¢80 millones por daño moral y otros ¢53 millones por daño moral a la víctima, en favor de los padres y hermanos de María Luisa Cedeño.
La lectura integral será dada el próximo 28 de abril, a las 3 de la tarde.
El 13 de marzo anterior, el fiscal Édgar Ramírez había pedido un total de 255 años de cárcel para los tres imputados.
Cedeño fue hallada muerta el 20 de julio del 2020 en el hotel La Mansión Inn, en Manuel Antonio de Quepos, este sitio era propiedad de Bodaan; ese fin de semana Cedeño pretendía disfrutar de un fin de semana de descanso, pero fue brutalmente atacada y asesinada.