La Ley de penalización de la violencia contra la mujer contempla la violencia económica, que sanciona aquellas relaciones donde el hombre trata de aprovecharse de la mujer para sacarle su dinero, lo que podríamos llamar una “estafa amorosa”.
Claro está, debe haber violencia, intimidación o fuerza a la hora de hacerse mantener, esto para que se demuestre esa intención de hacer daño a su pareja.
La Ley indica que la persona que, mediante el uso de la fuerza, la intimidación o la coacción, se haga mantener, total o parcialmente por una mujer con quien mantenga una relación de matrimonio, unión de hecho declarada o no, será sancionada con pena de prisión de seis meses a tres años.
Cuando existe violencia hay que demostrar el ciclo en el cual se encontraba la persona y la manipulación existente por parte de la pareja, siendo dos aspectos muy importantes que técnicamente nosotros llamamos dolo, que es ese conocimiento y la intención de aprovecharse de la compañera en la parte económica.
Recuerden que esta es una ley especial que protege solamente a la mujer como población vulnerable. Esto porque nuestro Código de Familia impone que el hombre es quien en mayor proporción debe proveer los alimentos de la familia, y la mujer cuando cuenta con recursos económicos para hacerlo.
Recuerde valorar todos estos elementos de la denuncia.