La Sala Cuarta le jaló el aire y bien duro al ministerio de Educación (MEP) porque un centro educativo de Alajuela puso en peligro de una fatalidad a una menor de edad que fue violada.
Asegura la Sala Cuarta que a la menor abusada y a la mamá no las protegieron como se debía, pese a que la madre pidió ser trasladada con urgencia porque el violador hasta las tenía amenazadas.
La mamá de la menor abusada sexualmente es conserje interina del MEP y casi que desde el mismo instante de la violación informó al centro educativo todos los detalles y las amenazas que estaban sufriendo y ese centro educativo no hizo mayor cosa.
La Sala Cuarta acogió un recurso de amparo interpuesto por la mamá de la pequeña y dentro de las explicaciones que dan los magistrados “regañan” al MEP por no haber actuado con urgencia y haberse quitado el tiro, lo que provocó que la situación llegara hasta un salacuartazo cuando pudo resolverse al instante y en el centro educativo.
“Las autoridades del MEP encontraron muy fácil trasladar a esta Sala Constitucional la responsabilidad de analizar y resolver por el fondo la situación expuesta por la recurrente (la mamá), cuando dicha labor bien podrían haberla realizado de forma oportuna meses atrás, atendiendo, a su vez, a las obligaciones que les han sido impuestas como funcionarios públicos que son”.
“Todo esto, además, sin hacer incurrir a la accionante (la mamá de la menor violada) en un retraso mayor para resolverse su gestión, la cual, atendiendo a las circunstancias analizadas en este asunto, podría devenir en una fatalidad”, le dejó bien clarito la Sala Cuarta al MEP, pese a las justificaciones que dio la ministra de Educación, Katharina Müller Marín.
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¿Cómo comenzó todo?
En el mes de marzo pasado, una menor de edad fue violada por una persona que vivía en su mismo barrio. Debido a ese ataque sexual, la menor quedó con daños físicos en su útero y un fuerte trauma sicológico. La mamá de la menor confirma que: “La persona que la atacó, es una persona peligrosa al punto que hemos recibido fuertes amenazas tanto en contra de ella como de la familia en general”.
¿Qué hizo la mamá?
Explica bien claro la Sala Cuarta que el 31 de marzo de este mismo año, la mamá se fue al centro educativo donde trabajaba como conserje interina y les explicó que su hija había sido violada, que fueron amenazadas y que le urgía la nombraran en cualquier lugar del país, con tal de estar lejos del violador.
La mamá, también fue clara al informar que el caso ya lo tenía en sus manos el Patronato Nacional de la Infancia (PANI). “Parte de la recomendación que recibí de esta entidad (el PANI) es que nos alejemos de la zona donde ocurrieron los hechos y contar así con más tranquilidad para iniciar el proceso de denuncia judicial”, dijo la mamá a los personeros del centro educativo.
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¿Qué hizo el centro educativo?
“Los recurridos (o sea, el centro educativo) se limitaron a contestarle solamente y, en escasas dos líneas, que, para tal efecto, se requería una sentencia de la Sala donde se ordenara dicha reinstalación en otro centro educativo. Así las cosas, se denota que las autoridades del MEP denegaron una solicitud formulada por razones de humanidad, sin exponer ningún motivo de hecho y de derecho que diera sustento sólido a dicha decisión”.
“Aun cuando consta que la recurrente (la mamá) en dicha gestión formulada el 31 de marzo de 2022 fue clara al indicar que las autoridades del PANI recomendaban alejarse de la zona donde ocurrieron los hechos, los recurridos (el centro educativo) prefirieron ignorar”, respondió la Sala Cuarta.
¿Cómo se defendió el Mep?
El MEP se defendió recordando que el centro educativo le dijo a la mamá que: “se procede a informar que se requiere una sentencia por parte de la Sala donde se ordena, por Protección a la Víctimas, una reinstalación del puesto en otro Centro Educativo”. También se defendió recordando que la conserje no tenía una plaza en propiedad sino que era interina y para los interinos no hay reglamentación de traslados.
Después de la defensa del MEP, incluida la declaración de la actual ministra de Educación, ¿qué le dijo la Sala Cuarta al MEP?
La Sala dijo: “la solicitud formulada por la recurrente (la mamá) el día 31 de marzo de 2022 para ser trasladada a otro centro educativo fue rechazada de forma abiertamente arbitraria por las autoridades del ministerio de Educación Pública”.
¿Qué resolvió la Sala Cuarta?
“Se declara con lugar el recurso. Se le ordena a Anna Katharina Müller Castro, en su condición de ministra y a Mónica Soto Soto, en su condición de jefe de la Unidad Administrativa, ambas del ministerio de Educación Pública, o a quienes en su lugar ocupen dichos cargos, girar las órdenes pertinentes y llevar a cabo todas las actuaciones que sean pertinentes para que, dentro del plazo máximo de quince días, contado a partir de la notificación de la presente sentencia, de común acuerdo con la recurrente se disponga su nombramiento en cualquier otro centro educativo del país que se encuentre lejos de la zona donde actualmente trabaja”.
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“Asimismo, se les ordena a las autoridades recurridas facilitar el oportuno traslado de la menor de edad al centro educativo que así resultare procedente, en atención al traslado del que debe ser objeto su madre”.
La Sala Cuarta incluso fue más allá, también le jaló el aire al centro educativo porque por no ayudarle de inmediato a la mamá, ella tuvo que separarse de su hija que fue enviada a otra provincia, provocando un negativo distanciamiento entre las dos, justo en los momentos tan difíciles que están viviendo.