La Sala Constitucional ha dado la razón en repetidas ocasiones a personas que ponen “salacuartazos” porque sufren acoso telefónico por deudas que no son propias sino de familiares, jefes, exparejas y hasta amigos.
Solo en lo que vamos de este 2022 a la Sala han llegado 80 recursos por esa razón, mientras que en el 2021 fueron presentados 175.
Así lo dio a conocer la Sala Constitucional en el podcast de la Sala Cuarta.
Don Luis Ardón, secretario y coordinador de la presidencia de la Sala Constitucional explicó que la situación es muy común y la gente se desespera de tantas llamadas que recibe.
Ardón asegura que la Sala ha resuelto varios recursos a favor de allegado del deudor.
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Incluso comentaron un caso, cuya sentencia es la 17257-21 en que una señora acude a la Sala IV porque no puede pagar su deuda con una empresa privada, esa empresa contrata a una tercera empresa para que cobre, por lo que llaman a una tía, a un primo, y hasta a la expareja de la señora para decirle que pague lo que debe, esas personas empiezan a reclamarle por esas llamadas que están recibiendo.
Además la afectada le dice a los magistrados que su primo lejano no sabía que ella tenía una deuda, y además la mamá de la mujer tampoco y enterarse genera preocupación en ellos al no saber la situación que está pasando.
“La Sala lo acoge (el recurso) porque el acoso teléfonico se da cuando se llama a personas que no son los deudores”, detalló Ardón.
Añadió, “En muchos casos esas llamadas son de cuatro segundos, pero el fin era cobrar a los familiares, solo dígale a la señora que se comunique con nosotros por una deuda, cuando ni siquiera terceros tienen porqué saber que existe la deuda”.
Ardón asegura que se ven afectados los derechos de una persona que no tiene nada que ver con la deuda. Además hay casos en los que el deudor ni siquiera conoce al deudor.
“La Sala, al ver que hay casos similares, los resuelve de manera parecida, buscar sentencias de la Sala nos puede servir de ayuda”, dijo el experto.
Los cobradores se podrían enfrentar a acoso telefónico o violación al derecho de intimidad.
La Sala Constitucional antes protegía tanto al deudor como al familiar, en el 2011 ya hay para el deudor una vía judicial a la que se puede acudir. Además en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), también hay un proceso a seguir.
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