Las personas condenadas por delitos como homicidios, violaciones o secuestros ya no la tendrán tan fácil para lograr la libertad condicional, pues ahora deberán pasar más tiempo en prisión antes de optar por este beneficio carcelario.
Esto se debe a que este miércoles Rodrigo Chaves, presidente de la República, firmó la ley “Reforma del cumplimiento de la pena para obtención del beneficio de libertad condicional”.
Esta reforma aplica directamente para los reos que estén descotando sentencias por delitos como homicidio simple, homicidio calificado, violación, violación calificada, abusos sexuales contra personas menores de edad y personas incapaces, abusos sexuales contra personas mayores de edad, trata de personas, robo simple con violencia sobre las personas, robo agravado y secuestro extorsivo.
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También se toman en cuentan otros delitos como genocidio, tráfico ilícito de órganos, tejidos humanos y/o fluidos humanos; extracción ilícita de órganos, tejidos humanos y/o fluidos humanos y crímenes de guerra.
Antes las personas condenadas por estos delitos podían solicitar una revisión de su caso para la libertad condicional una vez que hubieran cumplido la mitad de la pena, pero ahora con esta reforma deberán haber cumplido dos terceras partes de su sentencia para solicitar dicha revisión.
La nueva ley también establece que, aunque se revise la posibilidad de que la persona que cumple su pena pueda acceder a la libertad condicional, el otorgamiento dependerá de que el reo no esté relacionado con otros delitos como la violencia contra las mujeres, delincuencia organizada, tráfico de drogas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo.