El estadounidense que le robó la identidad a un tico durante 12 años recibió el beneficio de ejecución condicional de la pena por tres años. O sea, no irá a la cárcel pero durante este tiempo no podrá cometer otro delito.
Se trata de Robert Allen Wright, de 50 años y quien desde marzo del 2005 se hizo pasar por José Humberto Howell Brokke.
El sospechoso aceptó la responsabilidad y fue condenado, pero sigue sin saberse por qué actuó de esa forma. La sentencia no lo aclara.
El gringo hasta se había casado con una colombiana de apellidos Hernández Narváez, que adquirió la nacionalidad costarricense porque ante la ley estaba casada con un nacional. La pareja hasta tuvo un hijo.
El OIJ dio a conocer el robo de identidad el 26 de octubre del 2018 y el caso quedó cerrado el viernes 20 de diciembre del 2019, cuando la sentencia quedó en firme, pero entonces no se supo nada.
Los detalles trascendieron hasta que La Teja consultó para ver en qué había parado todo.
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El robo de identidad fue descubierto por el propio afectado en octubre del 2017, cuando vino a Costa Rica después de cuatro décadas viviendo en Aruba.
De acuerdo con la sentencia, el usurpador sabía que el tico había nacido en San José en 1963 y había salido de Costa Rica el 19 de enero de 1971, cuando tenía 8 años porque sus papás se lo habían llevado para la isla caribeña.
El gringo no contaba con que José Humberto Howell vendría a suelo tico, algo que hizo el 4 de octubre del 2017.
Vino a renovar su pasaporte en Migración y Extranjería y para hacer el trámite le pidieron la cédula, como no tenía una fue a pedirla al Registro Civil, del Tribunal Supremo de Elecciones, donde se la negaron porque ya había pedido la cédula dos veces y quien salía en el documento era alguien muy distinto a él.
Quien había solicitado los documentos era el falso José Humberto.
La primera solicitud de cédula era del 17 de marzo de 2005 y el 16 de marzo de 2015 habían hecho la renovación.
Sorprendido, el tico denunció lo que pasaba en el Departamento de Análisis del TSE y ante las autoridades judiciales el 15 de octubre del 2017. Había dos José Howell Brokke, pero solo uno era el verdadero.
El tico supo que aparecía casado con una colombiana, que había un muchacho con su apellido y además de la cédula, con su nombre habían sacado un permiso de portación de armas (aparecía como dueño de una pistola) y el pasaporte.
“La investigación realizada por el Tribunal Superior de Elección corroboró lo dicho por el señor Howell Brokke (el verdadero) en el sentido de que no había venido a Costa Rica desde hacía cuarenta y siete años, por ende, la solicitud de la cédula y la renovación de cédula a su nombre nunca habían sido gestionadas por él”, señala en el documento de la sentencia en firme.
No quedó encerrado
El estadounidense fue detenido el 25 de octubre del 2018 en el barrio San Francisco, en La Guácima de Alajuela, donde le encontraron los documentos falsos.
Las autoridades costarricenses recibieron información importante desde los Estados Unidos.
“Se determinó (por esa información) que la identidad correcta del imputado es Robert Allen Wright, nacido el 10 de julio de 1969”, señala la sentencia.
Con esos datos, llegados desde el estado de Florida, la máscara por fin se le cayó al mañoso extranjero.
El Ministerio Público acusó a Allen Wright de cuatro delitos de falsedad ideológica (por la cédula, el pasaporte, el permiso de portación de armas y la pistola a su nombre).
El Código Penal establece una pena de uno a seis años por cada uno de estos delito, pero la Fiscalía pidió que por cada delito se le impusiera una pena de 10 meses, para un total de 40 (tres años y cuatro meses).
Pero los jueces decidieron que la pena quedara en 30 meses (dos años y seis meses).
El abogado del estadounidense pidió que la pena la descontara con servicios de utilidad pública, pero los jueces rechazaron esa medida.
Eso sí, le dieron el beneficio de ejecución condicional de la pena por tres años. O sea, no irá a la cárcel pero durante este tiempo no podrá cometer otro delito.
“El sentenciado tiene trabajo, domicilio y estabilidad familiar en nuestro país, depende de sus ingresos un menor de edad y la madre del menor. Además se ha considerado que el imputado manifestó que está arrepentido del comportamiento que ejecutó en este país, que desea ajustar su conducta y colaboró con la administración de justicia reconociendo haber cometido los hechos”, señala la sentencia.
Los jueces ordenaron que los datos del falso tico fueran borrados de Migración, del Departamento de Control de Armas y Explosivos y del TSE.