El Ministerio Público estará muy atento a las elecciones nacionales del próximo domingo 6 de febrero, pues en ese día tan importante se podrían cometer delitos que alterarían los resultados finales.
Así lo explicó Alexánder Valverde, fiscal coordinador de la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción, en el programa de radio Frecuencia MP.
Él señaló que existen una serie de acciones que son consideradas como delitos electorales, las cuales pueden ser denunciadas ante cualquier Fiscalía del país o ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), motivo por el cual los votantes deben estar bien pellizcados ese día.
“El aporte y la honestidad ciudadana es muy importante, el que vayan a denunciar es el insumo probatorio que necesitamos, pues nosotros somos un Ministerio Público que no es omnipresente, si no nos dan alertas de actividades delictivas, no podemos entrar a conocerlas”, añadió.
El fiscal aclaró que la denuncia penal se puede presentar de forma anónima ante el Ministerio Público, pero ante el TSE no se puede hacer lo mismo, pues el Código Electoral establece que el denunciante tiene que respaldar su denuncia.
Estas son algunas de las acciones que son consideradas como delitos electorales:
- Acción contra la libre determinación del votante:
Este delito ocurre cuando se induce, obliga o se amenaza a una persona para que vote de una forma específica. Según el fiscal, este delito es mucho más grave cuando la persona imputada se vale de becas estatales o bonos de vivienda, por ejemplo, para “comprar” el voto.
“La otra circunstancia agravante se puede dar en el lugar de trabajo y tiene que ver con las jefaturas o los patronos, que llegan a tratar de obligar a las personas a votar por alguien en específico”, añadió Valverde.
- Votar más de una vez:
El fiscal explicó que este delito suele darse cuando miembros de juntas electorales “ayudan” a que una persona particular vote más de una vez o cuando se usan documentos falsos para engañar a los miembros de la mesa de votación.
“Otra circunstancia en la que puede ocurrir es cuando una persona falsifica documentos de identidad de una persona que está en el padrón electoral y vota en su lugar. El tema acá es la posibilidad de que una persona se presente y vote dos veces”.
- Permitir el voto a personas que no tienen ese derecho:
De acuerdo con Valverde, es cuando la junta electoral le permite a una persona votar sin que esta tenga el derecho a hacerlo, por ejemplo, una persona cuya cédula haya vencido antes del 4 de febrero del 2020 y no ha sido renovada.
- Impedir o interrumpir la votación:
Este delito electoral se da cuando una persona comete alguna acción para impedir que las elecciones se realicen de forma adecuada, como por ejemplo destruir las papeletas ya utilizadas por los votantes o no reportarlas, así como interrumpir o retrasar a las personas que ejercen su voto.
- Manipulación del padrón electoral:
Según recordó el fiscal Valverde, el padrón electoral es donde se registra a todas las personas que pueden votar y es administrado por la junta electoral. Se podría cometer un delito cuando la persona encargada de elaborar dicho padrón, en este caso un funcionario del TSE, facilite incluir a una persona en más en una lista, para que esta pueda votar en más de una junta.
- Afectación en el funcionamiento de las juntas electorales:
Esta acción ocurre cuando una persona se hace pasar por un fiscal de un partido o por un integrante de la junta receptora de votos para interferir o alterar el proceso de votación.
- Recepción de donaciones ilegítimas:
Las personas jurídicas y las personas físicas que son extranjeras no pueden participar con donaciones económicas a partidos políticos. Cuando esto ocurre, no solo se sanciona a la persona que realizó la donación, sino también a quien ocupe el cargo de tesorería y a los representantes del partido político que reciban el dinero.
“Esto surge de una necesidad que tiene que ver con que es difícil rastrear los dineros que vienen de una persona jurídica, y en los casos de extranjeros llama la atención que estén dando tanto impulso a una campaña electoral de otro país, deben haber intereses específicos”, explicó el fiscal.
Valverde señaló que los partidos políticos sí pueden recibir donaciones siempre y cuando sean hechas por personas físicas nacionales a través de canales legítimos, como la cuenta bancaria de la agrupación política.