Si usted es una persona que necesita conseguir la pensión para un menor de edad, para un estudiante o para una persona con una capacidad especial, lo más recomendable es que se presente en el Juzgado de Pensiones o en los tribunales de su comunidad.
Cuando hablamos del Juzgado de Pensiones, nos referimos al lugar en el que le van a entregar a usted un formulario el cual debe llenar por completo, poniéndole su nombre, también el nombre de la persona beneficiaria y las calidades también de la persona a la cual se quiere poner como obligada alimentaria.
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Además, es sumamente importante identificar que tenga una dirección exacta y poner con claridad los detalles para definir dónde se le pueda notificar, que sea en su casa o en su lugar de trabajo. Cuando hablamos de su casa, particularmente hay una ventaja en el sentido de que si una persona mayor de edad está en esa residencia, claramente identificada como la casa de la persona a la que se quiere obligar, esa esa persona puede recibir la notificación del obligado alimentario, y así darse por notificado a la persona que se persigue., lo cual facilita las cosas.
En este caso no necesita hacerse representar por un abogado para gestionar una pensión alimentaria; idealmente, un abogado puede ayudarle por la experiencia y conocimiento en el tema legal, pero usted puede hacerlo por su propia cuenta sin necesidad de esta representación profesional, ya que el juzgado correspondiente deberá tramitar el tema de la pensión, así que le dará parte al obligado a la pensión alimentaria y definirá cuál es el monto adecuado que la persona debe recibir.