“Estoy en cierre de mes” " es que debo terminar este informe” “estamos con inventario de bodega” “debemos terminar el proyecto”.
Nada que una pizza en grupo de trabajo no pueda solucionar para pagar ese tiempo… ¿Ah no era así?
¿Se puede no pagar la hora extra y compensar en tiempo de descanso?
NO.
¿Siempre se debe pagar la hora extra?
SÍ.
¿Se debe reportar a la CCSS la extra?
SÍ.
¿Se suma para el aguinaldo al extra?
SÍ.
Para iniciar a hablar de este tema hay que tener claro el límite de las jornadas:
Diurna: Máximo 10 diarias y máximo 48 horas por semana de 5 a.m a 7 p.m.
Nocturna: Máximo 6 horas diarias y máximo 36 horas por semana de 7 p.m. a 5 a.m.
Mixta: Máximo de 8 horas diarias en trabajos no insalubres ni peligrosos pudiendo trabajar 48 horas por semana, o bien 7 horas diarias máximo 42 por semana cuando si sea peligroso el trabajo (trabajo realizado entre jornada nocturna y diurna o ejemplo ingresa a las 2 y sale a las 10 PM).
Ahora, TODA HORA EXTRA en exceso de ese tiempo se paga, lo que puede cambiar es el “valor de la hora”, no nos gusta la “mate” pero en realidad debemos conocerlo, dado que NO es lo mismo la hora extra diurna que la nocturna y ADICIONAL la hora extra se paga a TIEMPO Y MEDIO (o sea una hora más un 50% del valor de esa hora).
Ejemplo salario mensual de ¢525.000 colones.
Para sacar el valor del día:
¢525.000 ÷ 30 (cantidad de días del mes)= ¢17.500.00.
Para sacar valor de hora diurna (o mixta).
¢17.500.00÷8 (cantidad de horas de la jornada diurna para sacar el valor de la hora).
Valor de la hora diurna= ¢2.187.50.
Valor hora extra diurna= ¢3.281.25 (hora+50%).
Para sacar valor de hora nocturna.
¢17.500.00÷6 (cantidad de horas de la jornada nocturna para sacar el valor de la hora).
Valor de la hora nocturna=¢2.916.66.
Valor de la hora extra= ¢4.374.99 (hora+50%).
LA JORNADA MIXTA se convierte en nocturna si se trabaja 3 horas 30 minutos más en la jornada nocturna.
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NO se compensa tiempo de horas extra SIEMPRE se deben pagar, lo que sí se puede hacer es acomodar horarios dentro de jornadas pactadas para que no hayan horas extra y se trabajen en distintos horarios y jornadas pero esto DEBE ESTAR POR ESCRITO.
Si se trabaja en día de descanso SE PAGAN EXTRAS, está bien alimentar y dar transporte pero ESO NO EQUIVALE al pago de extras.
Doctor Kendall Ruiz Jiménez, teléfono: 84538989.