¿Usted conoce sobre la ley de resolución alterna de conflictos? Esta ley fue creada con la finalidad de que las personas puedan acudir a la solución de sus diferentes conflictos y que no necesariamente tengan que recurrir al aparato judicial para resolver sus diferencias legales.
La resolución de conflictos es la manera en la que dos o más individuos, u organizaciones encuentran una solución pacífica a los desacuerdos que enfrentan. Estos desacuerdos pueden ser emocionales, políticos, financieros o todos ellos.
Otra de las finalidades de esta ley es poder ayudar a las personas de una forma más ágil, participativa y con la misma validez como si se tratara de los Tribunales de Justicia, solamente que se da mediante ayuda de otras instituciones.
Esta es una forma que tiene la justicia de acercarse a la sociedad civil en búsqueda de la paz social.
Algunas de las ventajas de someterse a esta ley o a este proceso son: privacidad y secreto, credibilidad, no es excluyente, no es coercitiva y lo más importante de todo es que ahorra tiempo y dinero.
Es importante recordar que las personas que están en conflicto deben tener voluntad de resolverlo. La resolución alternativa de los conflictos puede darse de acuerdo a cuatro procedimientos: el arbitraje, la conciliación, la mediación y la negociación.
En la mediación, una tercera parte neutral - llamada mediador - lo ayuda a usted y a la otra parte a intentar resolver el problema a través de un diálogo facilitado.
Asimismo, yo le aconsejo que cuando se trate de temas legales, lo mejor es que se asesore con su abogado de confianza.
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Lic. Julio César González Alfaro, abogado, notario público, mediador. Tel: 7015-19-21 info.nexumcr@gmail.com