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Lo que muchos motociclistas temen está más cerca de pasar

En el periódico oficial La Gaceta se publicó una modificación del texto

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En el periódico oficial La Gaceta se publicó una modificación del texto actualizado de un proyecto de ley que pretende prohibir que dos adultos viajen en una misma motocicleta.

Esta es la ideal del ministro de Seguridad Pública, Mario Zamora, que todos los motociclistas anden un chaleco con la placa
Ya pasó lo que muchos motociclistas temían, ojo al cambio en la ley de tránsito. (www.plumaslibres.com.mx)

“A solicitud del Consejo de Seguridad Nacional y de los cuerpos policiales del país, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) podría prohibir a los conductores de motocicletas viajar con un acompañante en las provincias, cantones o distritos en los que se requiera aplicar la medida, y en el horario definido, siempre que sea por razones de seguridad pública.

“El periodo de vigencia de esta prohibición será hasta por un año, su carácter será temporal, y podrá ser prorrogada por el mismo plazo, mediante decreto ejecutivo, cuando por razones muy justificadas que lo ameriten y bajo el interés público y seguridad ciudadana”, se explica en La Gaceta sobre la reforma a la Ley de Tránsito por vías públicas terrestres y seguridad vial.

Eso sí, ni el MOPT ni ninguna autoridad podrán apear de la moto al acompañante sin antes avisarle con suficiente anticipación.

“Para la aplicación de la prohibición, el MOPT deberá informar ampliamente, por todos los medios posibles y con al menos 48 horas de anticipación, el período de vigencia y las provincias, cantones o distritos donde se aplicará”, dice la reforma a la ley.

El evento anual llamado “Costa Rica Toy Run” organizado por la Asociación Costarricense de Motoclubes en colaboración con Ruta 27 by Globalvia, ha sido una tradición que une a motociclistas y comunidades para brindar un día inolvidable a los niños en situación de vulnerabilidad.
Las motos grandototas, de 500 centímetros cúbicos, no entran en la restricción. (Cortesía)

No. Lo publicado en La Gaceta aclara excepciones. No aplica esta reforma a la ley para la Policía de Tránsito mientras estén trabajando, motociclistas que lleven de acompañante a una persona con discapacidad o niños mayores de cinco años.

Para que esto entre a regir, todavía le falta trámite en el plenario legislativo.

Tampoco aplica para motociclistas que deban trasladarse desde su casa al trabajo, pero deben andar una constancia laboral, física o digital, hecha por la empresa para la cual trabajan, en la cual esté claro el horario de trabajo y la relación que tiene ese motociclista.

30/07/2024   Tibás. Las bicimotos o bicicletas asistidas son una solución y, simultáneamente, un problema para muchos. Desde la pandemia, han sido un recurso valioso para quienes trabajan independientemente, como los repartidores de comida, por ejemplo. Foto: Rafael Pacheco Granados
Los que anden en la moto a niños mayores de 5 años, no les aplica. (Rafael Pacheco Granados)

Para los motociclistas que son trabajadores independientes y que viajen con un acompañante para poder realizar su trabajo, no aplica, pero deben tener un documento físico o digital que confirme el trabajo que hacen y que justifique la necesidad de andar acompañado.

No aplica la ley para los motociclistas que tengan una moto de gasolina con una cilindrada superior a los 500 centímetros cúbicos, ni para las motos eléctricas o híbridas con una potencia máxima superior a los 35 kilovatios.

Eduardo Vega

Eduardo Vega

Periodista desde 1994. Bachiller en Análisis de Sistemas de la Universidad Federada y egresado del posgrado en Comunicación de la UCR. Periodista del Año de La Teja en el 2017. Cubrió la Copa del Mundo Sub-20 de la FIFA en el 2001 en Argentina; la Copa del Mundo Mayor de la FIFA del 2010 en Sudáfrica; Copa de Oro en el 2007.

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