El Banco Nacional decidió a partir de este de martes cerrar las cuentas a los conductores y otros trabajadores que reciben dineros de Uber.
La entidad financiera abordó varias preguntas que a continuación se explican:
¿Cuál es la motivación para proceder con el cierre de cuentas del Banco Nacional para recibir dineros por UBER?
En Costa Rica el transporte de personas está regulado por la Ley de Tránsito y este transporte se prohíbe si no se tiene un permiso del gobierno o una concesión, además existe una directriz presidencial y un dictamen de la Contraloría General de la República que ha declarado la actividad de transporte en la modalidad de UBER como una actividad no legal.
Siendo entonces que la actividad que generan estos choferes, es una actividad no legal, los ingresos que provengan de esa actividad, por ende, son no legales y rigen contra la Ley 8204 y el banco responsablemente les comunica que deben de dejar de ingresar dineros a sus cuentas productos de esas actividades, o de lo contrario tendríamos que romper la relación comercial con ellos.
Dado que la actividad de UBER ha sido declarada por diferentes instancias como no legal, el banco procede a aplicar el debido proceso y dar de baja a los productos relacionados.
Es decir, la institución puede proceder al cierre de las cuentas bancarias que reciben fondos de esta actividad, por lo que es conveniente y ajustado a derecho, que se les advierta a los clientes que deben de abstenerse de depositar en sus cuentas dineros de dicha proveniencia.
No es posible por lo anterior, este tipo de relaciones comerciales con el Banco dado el principio de Legalidad que nos rige.
¿Cuántas notificaciones de cuentas con estas condiciones ha hecho el banco? ¿Tiene un operativo especial para detectar más cuentas? ¿Desde cuándo se aplica esta política?
El Banco Nacional no lleva una estadística, si no que cada caso que se detecta que proviene de esa actividad, se hace un proceso, que es individual. No es un proceso masivo.
Es muy importante aclarar que no es que el Banco Nacional tenga hoy un proceso contra los choferes de UBER, sino que siendo respetuosa de la ley y en cumplimiento de la ley 8204 debemos asegurarnos de que los ingresos de nuestros cuenta habientes sean producto de actividades lícitas.
El Banco Nacional no está detrás de los choferes de UBER como un objetivo específico para “sacarlos”, pero que si por alguna situación se identifica alguno, se inicia un debido proceso en el cual se le explica al cliente la imposibilidad de recibir estos dineros en las cuentas del Banco, se le da un tiempo prudencial y si no atiende lo requerido, como última instancia se toma la decisión de cerrar la relación comercial.
¿Puede el Banco Nacional determinar si una transacción se hizo con UBER? ¿Puede el Banco Nacional eventualmente bloquear transacciones que provengan de esta plataforma?
El esquema de pago se realiza a través de depósitos directos a las cuentas por medio de SINPE. Solo es posible determinar que es referente a UBER en el tanto en el detalle de la transacción se indique el origen de la misma.
UBER no utiliza una adquirencia local para pagos y liquidación de las transacciones realizadas por sus afiliados, y al no ser el Banco Nacional el que nacionaliza los pagos sino que llegan a otra institución financiera no es posible bloquear las transacciones que provengan de esa plataforma.
¿Se podrían adoptar medidas similares con clientes que realicen pagos en la app de UBER?
No se tomarían las mismas medidas porque el origen del dinero que utilizan los clientes de UBER para pagar los servicios no han sido clasificados como NO legales.
Si la pregunta es “… si nuestras tarjetas se pueden utilizar para pagar los servicios en la plataforma de UBER..”, la respuesta es sí, todo nuestro parque de tarjetas de los segmentos de Crédito y Débito están habilitados para poder comprar en esta plataforma tecnología. UBER corre bajo un esquema de comercio electrónico que es plenamente aceptado en nuestros sistemas de autorizaciones.
¿Qué pasa si el cliente sigue recibiendo dinero de UBER luego del plazo de 10 días dado por el banco (estos son naturales o hábiles)? ¿Cuál es el procedimiento con esas cuentas, y cómo se hace con el dinero de la cuenta y si se ponen restricciones a ese cliente con cuentas a futuro?
Los días que se otorgan son hábiles. Con respecto al procedimiento, una vez agotado el plazo y por ende el debido proceso, el banco cierra la cuenta y el saldo se gira contra un cheque de gerencia que debe ser entregado al titular de la cuenta.
No es una ruptura de las relaciones comerciales con el cliente, es solo el cierre de esa cuenta.
¿Qué deben hacer los conductores de UBER para no perder su cuenta con el Banco Nacional?
Utilizar sus cuentas únicamente para ingresar dineros provenientes de actividades que estén catalogadas como legales de acuerdo con la legislación nacional.
¿Qué requisitos debe aplicar el cuentahabiente para recuperar su cuenta bancaria?
Debería solicitarlo en algún punto de venta, en el tanto no sea el mismo origen de los fondos.
Estos clientes no se están incluyendo en ninguna lista como clientes no aceptables.
¿Hay alguna multa económica?
No.