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Trabajadores ahora podrán guardar luto y sepultar a sus seres queridos en paz

Un cambio en la ley le da un derecho a los trabajadores que en muchos lugares les han negado

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A partir de ahora los trabajadores tendrá derecho a sepultar a sus familiares más cercanos en paz.

Los diputados aprobaron un cambio en la ley para dar una licencia remunerada a los trabajadores en estos casos.

La legislación costarricense no contemplaba una licencia de este tipo. Eso quedaba a discreción de los patronos, pero pronto eso cambiará.

Para los familiares más cercanos habrá tres días de licencia. (iStockphoto)

Los diputados aprobaron en segundo debate el expediente 23.929, presentado por la bancada del Frente Amplio y denominado “Derecho al duelo”.

Con esto queda establecido que, ante la muerte de un familiar, los trabajadores tendrán derecho a una licencia pagada de tres días en algunos casos y de un día en otros, dependiendo del grado de consanguinidad.

“En el caso de fallecimiento de parientes en primer grado de consanguinidad o afinidad, la persona trabajadora tendrá derecho a disfrutar de tres días hábiles de licencia remunerada”, dice el proyecto.

Mientras tanto, para los casos de parientes en segundo grado y tercer grado de consanguinidad y afinidad, la licencia será de un día.

La propuesta detalla también qué se debe hacer cuando la muerte es de convivientes en unión de hecho o cuando se trate de una adopción.

La licencia será remunerada. (Shutterstock)

“En el caso de convivientes en unión de hecho, la persona trabajadora deberá aportar a la persona empleadora una declaración jurada que indique que el conviviente en unión de hecho, o alguno de sus parientes en primer grado de consanguinidad, ha fallecido”, dice el texto.

Deben de haber convivido “de manera pública, notoria, estable y única, por dos años o más con aptitud legal para contraer matrimonio”.

Por su parte, en el tema de adopción, la persona trabajadora deberá presentar una certificación de la resolución administrativa o judicial o sentencia en firme “que demuestre el inicio de convivencia efectiva de la persona menor de edad con fines de adopción o adopción definitiva”.

Rocío Sandí

Rocío Sandí

Licenciada en Comunicación de Mercadeo de la Universidad Americana; Periodista de la Universidad Internacional de las Américas, con experiencia en Sucesos, Judiciales y Nacionales. Antes trabajó en La Nación y ADN Radio.

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