Si usted tiene billetes de los viejos, de esos que son de algodón, y ya no los quiere, le contamos dónde los puede llevar y cambiarlos.
El Banco de Costa Rica (BCR) es una de las entidades autorizadas por el Banco Central de Costa Rica (BCCR) para recibir y cambiar los billetes nacionales que han salido de circulación.
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Los billetes en sustrato de algodón de las denominaciones de ¢5, ¢10, ¢20, ¢50, ¢100, ¢500, ¢1.000, ¢2.000, ¢5.000, ¢10.000, ¢20.000 y ¢50.000 de las series anteriores, pierden su valor como medio de pago, pero no su valor monetario, es por eso que su cambio se realiza por su valor facial, es decir, si la persona entrega un billete de ¢100, se le devolverá una moneda de ¢100.
El cambio de los billetes puede realizarse de lunes a viernes, entre las 9 a.m. y las 3:30 p. m. Se hace en las siguientes sucursales: BCR Oficinas Centrales, Cartago, Alajuela, Heredia, Puntarenas, Nicoya, Cañas, San Isidro de El General, Ciudad Neilly, Limón y Ciudad Quesada.
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Los interesados solo deben presentar su cédula de identidad vigente y en buen estado, así como llevar los billetes ordenados por denominación. El monto máximo acumulado a canjear por persona es de ¢500.000.
En cuanto a las monedas, estas también se cambian, pero tome en cuenta que las cantidades mayores a 10 piezas deben estar separadas por denominación y empacadas en una bolsa plástica transparente que en su interior debe contener un documento en el que se indique la cantidad de monedas y el monto a canjear.
Las monedas se cambian en las mismas oficinas detalladas anteriormente.
¿Qué pasa con los dólares?
Recientemente, el Banco Central emitió el documento Reglas de aceptación de billetes de dólares de los Estados Unidos de América para unificar y estandarizar la clasificación manual o automatizada del billete de ese país en el sistema financiero nacional.
Las descripciones se refieren únicamente a las reglas de aceptación de los billetes. No define aspectos de valoración de la autenticidad, eso lo define el banco correspondiente.
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Los dólares emitidos después de 1990 no se aceptarán si la suciedad está distribuida de manera uniforme sobre toda la superficie del billete o cuando el billete posea una o más manchas cuya dimensión sea mayor a tres centímetros cuadrados.
Tampoco si los grafitos cubren más del 30% de la superficie del billete, o tiene rasgaduras mayores a 0,5 centímetros. Únicamente se aceptan los billetes cuya rotura de un mismo billete fue reparada con cinta adhesiva transparente.
No se aceptan los que tienen perforaciones mayores a 0,5 centímetros cuadrados, ni billetes con mutilaciones, independientemente de su dimensión. Tampoco se aceptan billetes reparados y menos si tienen manchas de tinta de seguridad.
Los billetes en dólares emitidos antes de 1990 con condiciones deterioradas se aceptarán de forma condicionada al cumplimiento del criterio del banco receptor asignado en los Estados Unidos.