El diputado del Partido Republicano Social Cristiano, Dragos Donalescu, presentó este jueves la consulta ante la Sala Cuarta para que se determine si hay cosas inconstitucionales en el proyecto de ley que brinda seguridad jurídica a las huelgas.
El proyecto fue votado el martes anterior en primer debate.
La consulta fue firmada por los siete diputados de Nueva República, y los legisladores Shirley Díaz y Óscar Cascante, del PUSC; José María Villalta, del Frente Amplio; Wálter Muñoz, del PIN y el propio Dolanescu.
Ahora la Sala Cuarta deberá analizar el caso y determinar en primera instancia sí lo admite o si lo rechaza. Sin embargo, la sola presentación de la consulta suspende el trámite legislativo que consistía en aprobarlo en segundo debate este jueves.
El magistrado Fernando Castillo dijo que ahora deben comunicar al presidente del Congreso que la acción ha sido presentada.
“Luego se hace un análisis de admisibilidad y si cumple con los requisitos se procede a solicitar el expediente legislativo. A partir de ese momento, la sala tiene un mes calendario para emitir una opinión consultiva".
La diputada fabricista Carmen Chan dijo que le genera dudas el artículo que se refiere a la suspensión de los contratos de trabajo antes de que un juzgado declare ilegal una huelga.
Además, considera muy cortico el tiempo para realizar una huelga contra políticas públicas.
Mientras tanto, la diputada de PLN dijo que era de esperar que mandaran el proyecto a Sala Cuarta y manifestó que es lo mejor porque así blindan el proyecto ante posibles vicios.
“Eso permitirá saber si existen falencias o interrogantes que harían volver a comisión el proyecto para considerar los planteamientos y mejorar el proyecto. Luego, se vuelve a enviar al plenario para el segundo día de votación”, dijo.
Admitida
La consulta fue admitida por la Sala Constitucional la tarde de este jueves.
En la consulta, los diputados creen que hay un problema al no existir en el proyecto una definición de lo que es una huelga política, pues según el texto podría caer en interpretaciones que responden a intereses ideológicos particulares de cada momento o situación.
“El articulo 371 contiene una disposición que establece la declaración como ilegales las huelgas políticas o las huelgas que no tengan conexión directa con la relación de empleo o incumplimientos laborales imputables al patrono”, dice el texto.
En ese punto, exponen que es contrario a lo que dicta la OIT que justifica huelgas cuando son protestas sociales y laborales de la política económica del gobierno.
Esenciales
La Sala deberá revisar la inclusión en la lista de los trabajadores que no pueden ir a huelga por brindar un trabajo esencial y la disolución de los sindicatos por actos delictivos de sus miembros o dirigentes, que lo establece un artículo extra que fue añadido al Código de Trabajo.
“(...) se afecta a la totalidad de las personas afiliadas, aunque no hubieran tenido participación en los hechos por los que fue condenada una persona física que integra su junta directiva”, dice el texto que enviaron los diputados a la Sala Cuarta.
También hay un agregado al artículo 378 del Código de Trabajo que prohíbe realizar una huelga por un motivo que ya se haya expuesto en una huelga anterior.
Otro punto que piden revisar es el resguardo de la privacidad de los miembros de los sindicatos, dado que el proyecto haría público las identidades y correos electrónicos de los asociados.
Los diputados fabricistas creen que eso atenta contra la Ley de Protección de Datos de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales, N° 8968 de 7 de julio de 2011.
"Es información personal privada y sensible que no resulta naturalmente de acceso irrestricto por ser de interés únicamente para su titular o bien, para la Administración Pública, sin mencionar que daría pie a la persecución o descalificación de los trabajadores en el mercado laboral, entre otras posibles externalidades en su perjuicio”, dice el texto.