Dejémonos de cosas, ya comenzaron a sentirse los aires de fin de año, los vientos de diciembre y aquel sabroso olor a aguinaldo que tanto nos gusta.
Siempre que llega noviembre uno comienza a hacer números sobre cuánta platica le llegará con el llamado salario 13 del año. Es por eso que queremos recordarles un par de detalles sobre el aguinaldo que le pueden servir mucho para que no le metan gato por liebre.
Siempre hay breteadores a los que, amargamente, no les llega el aguinaldo que habían calculado o que más o menos esperaban. En algunos casos por error humano y en otros porque el jefe es medio chanchullero y le sale con cuentos chinos para quitarles platica.
El ministerio de Trabajo nos advierte: “A la suma del aguinaldo que le corresponde a la persona trabajadora, no se le debe aplicar ningún tipo de rebaja, ni cargas sociales”.
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De inmediato, Trabajo aclara: “únicamente puede rebajarse el monto que corresponde por pensión alimentaria”. Ese es el único rebajo que a usted le pueden hacer de su aguinaldo, lo que usted paga de pensión alimentaria, nada más.
Ningún jefe o empresa le puede salir con el cuento chino de que a su aguinaldo hay que rebajarle las cargas sociales, la mensualidad de un préstamo, en fin, nada, su aguinaldo no se lo pueden tocar si no es por pensión alimentaria. No le pueden hacer ni rebajos de embargos que usted tenga.