Muchos choferes desconocen aspectos básicos de la Ley de Tránsito como por ejemplo cuál es la distancia mínima a la que deben parquearse de un hidrante y al final terminan llevándose dolores de cabeza.
El Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) recordó que cuando un conductor va a estacionar el vehículo cerca de un hidrante, debe hacerlo al menos a cinco metros de él, de lo contrario se expone a una multa de ¢62 mil y a que los oficiales de tránsito llamen una grúa y se le lleven el carro o la moto.
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Esos mismos cinco metros deben guardarse cuando se va a estacionar cerca de una rampa para personas con discapacidad o de un paso peatonal.
Recuerde que también es prohibido estacionarse en la salida de hospitales, estaciones de bomberos, comités de Cruz Roja; parece mentira que haya que hacer estas aclaraciones, pero aún hay irresponsables que usan esos lugares para dejar el carro o la moto, sin pensar en las consecuencias que eso puede traer.
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Por último, recuerde que de lunes a viernes está vigente la restricción vehicular y que si usted se mete al anillo de circunvalación el día que tiene restricción se expone a una multa de ¢26.344,68.
La medida aplica los lunes para las placas terminadas en 1 y 2; los martes en 3 y 4; miércoles en 5 y 6; jueves en 7 y 8 y viernes en 9 y 0. El horario en el que funciona la restricción es de 6 de la mañana y las 7 de la noche.