El regulador general de la Aresep, Roberto Jiménez Gómez, solo ha disfrutado 33 de los 100 días de vacaciones que por ley le correspondían en los cinco años que lleva trabajando en la institución.
Jiménez tiene acumulados 67 días de vacaciones y la Aresep deberá pagarle ¢18,5 millones en mayo cuando deje su cargo para asumir como miembro del Bureau de la Red de Reguladores Económicos, de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.
La Teja consultó en la entidad cuándo fue la última vez que Jiménez tomó vacaciones y la respuesta dada fue: “el regulador general ha tomado vacaciones siempre y cuando su cargo y el cumplimiento de los objetivos institucionales se lo permitieran”.
Según informó el departamento de prensa de la Aresep, los trabajadores de la institución tienen derecho a 20 días días de vacaciones por año y Jiménez ingresó a trabajar en mayo del 2016, por lo que ya cumplió cinco periodos y tiene acumuladas las vacaciones de más de tres.
“Queda claro que la política de vacaciones es específica en indicar que el disfrute de vacaciones no puede afectar o ir en detrimento de la actividad institucional de manera tal que reiteramos que don Roberto ostenta el cargo de jerarca administrativo de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, que regula más de 36 servicios públicos en tres sectores de gran relevancia para la economía del país... De igual manera, es sabido que la Sra. reguladora general adjunta está inhibida para ser parte de las sesiones de Junta Directiva cuando se discuten algunos temas, por ejemplo, generación privada, por ende, ante la ausencia de don Roberto por vacaciones, y la inhibición de la Reguladora General Adjunta (ante algunos temas) no se tendría quorum para desarrollar la sesión de junta directiva, eso significaría paralizar la acción del ente regulador” informó la Aresep cuando se consultó el porque la acumulación de las vacaciones del jerarca.
“Como podrá notar, este panorama deja muy poco margen de acción para que el Sr. regulador pueda disfrutar de su derecho a las vacaciones. Adicionalmente, en estos últimos 2 años, por la situación que vive el país (pandemia) se han tenido que atender temas de crisis y de gran relevancia nacional que requieren la presencia del jerarca”, agregaron en el departamento de prensa.
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Falta de organización
Dennis Meléndez, quien desempeñó en el pasado el puesto de regulador general de la Aresep, reconoce que esa labor se las trae y que requiere un gran esfuerzo y dedicación por parte del jerarca que lleva las riendas, pero dice que tampoco es como para no poder irse de vacaciones nunca.
“Hay una figura que es la de regulador adjunto, que es precisamente para llenar el vacío cuando no esté el regulador general, esa es la solución que hay para ese tipo de casos cuando el jerarca se va de vacaciones.
“Es extraño que don Roberto no haya utilizado esa figura de regulador adjunto máxime que él mismo cuando llegó hizo una directriz para que los trabajadores de la Aresep no acumularan vacaciones”, manifestó Meléndez.
El exfuncionario contó que cuando él ejercía como regulador general se organizaba con tiempo para poder descansar.
“Si se necesitaba algo la reguladora adjunta lo resolvía y si había algún problema importante me llamaban, ahora la tecnología permite que lo contacten a uno de forma inmediata incluso hasta si está en otro país.
“Es cierto que en la Aresep la situación es impredecible, de un momento a otro surgen contratiempos, sobre todo presiones de los regulados como los autobuseros, taxistas, entre otros que hacen huelgas, pero todo es posible si se acomoda y se organiza bien”, aseguró Meléndez.
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No deben acumularse
Eric Briones, doctor en Derecho Laboral, dice que el tema de las vacaciones es bien delicado porque la idea de ese derecho es garantizar el bienestar de los trabajadores.
“El trabajador descansado rinde más. El Código Laboral prohíbe acumular vacaciones salvo casos muy específicos, en estos casos son las jefaturas inmediatas y los encargados de recursos humanos de las empresas los que tienen que velar porque los colaboradores no acumulen vacaciones”, explicó Briones.
El especialista señaló que el artículo 159 del Código Laboral, prohíbe acumular las vacaciones, pero podrá hacerlo por una sola vez cuando el trabajador desempeñe labores técnicas, de dirección, de confianza u otras análogas que dificulten especialmente su reemplazo.
Incluso, el patrono que no se asegura de que las personas a su cargo disfruten los días libres dentro de los plazos de ley, se expone al cobro de multas por la infracción de leyes laborales.
La Teja consultó al Ministerio de Trabajo si tiene alguna regulación para evitar la acumulación de días de vacaciones en las empresas públicas y la respuesta de la institución fue: “la solicitud que usted nos hace no se encuentra dentro de las competencias del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”.
En agosto del año pasado, la Junta Directiva de Aresep modificó el llamado Reglamento Autónomo de las relaciones de servicio entre la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, su órgano desconcentrado y sus funcionarios. El artículo 36 indica que a un funcionario se le pueden pagar sus días vacaciones al salir de la institución bajo ciertas condiciones.
Según esa política, se le pagan si el funcionario ha cumplido el mínimo de ley de dos semanas de vacaciones por cada 50 laboradas. Si a la persona no se le han compensado vacaciones en los últimos dos años de trabajo y el pago será solamente por un máximo de tres periodos de vacaciones anuales acumuladas. Jiménez cumple con esas condiciones.