El presidente de la República, Rorigo Chaves, desea realizar un referéndum en Costa Rica, en donde se decidan temas claves para el desarrollo del país.
En el discurso que pronunció este jueves, en la Asamblea Legislativa, el mandatario detalló cuáles serían esas iniciativas que pondría en una consulta popular:
- Flexibilización de jornadas laborales, también conocidas como jornadas 4/3.
- Venta del BCR.
- Armonización del mercado eléctrico.
- Eliminación de órganos desconcentrados del MOPT.
- Reforma a los órganos desconcentrados del Minae y el MAG.
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- Reformas que el gobierno planteó en busca de construir Ciudad Gobierno.
- Interpretación para que Japdeva pueda llevar a cabo una alianza público-privada para construir una terminal de cruceros y una marina.
- Eliminación de tarifas mínimas de colegios profesionales.
Pero, ¿qué es un referéndum?
Un referéndum o referendo es un proceso electoral en el que los ciudadanos tienen la oportunidad de aprobar o rechazar un tema en específico, que se somete a este tipo de consulta.
En Costa Rica, este tipo de votación se llevó a cabo por primera vez en el 2007, cuando se puso a consulta la aprobación del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos.
Para lograrlo, en el 2002 se reformó el artículo 105 de la Constitución Política y cuatro años más tarde se promulgó la Ley de Regulación del Referéndum, número 8.492.
¿Cuáles temas se pueden someter a referéndum?
El artículo 105 de la Constitución Política costarricense establece que el pueblo podrá “aprobar o derogar leyes y reformas parciales de la Constitución”, con excepción de aquellas que traten de nueve materias restringidas:
- Presupuestarias.
- Tributarias.
- Fiscales.
- Monetarias.
- Crediticias.
- De pensiones.
- De seguridad.
- Aprobación de empréstitos y contratos.
- Actos administrativos.
- ¿Quiénes (y cómo) se pueden convocar a un referéndum?
Los referendos pueden ser convocados por tres vías:
Por iniciativa ciudadana, cuando al menos un 5% de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral otorgan su firma; a través del Poder Legislativo, cuando lo aprueban dos terceras partes del Congreso, es decir, 38 de los 57 diputados, y por iniciativa del Poder Ejecutivo, cuando este emite un decreto al respecto y luego recibe el respaldo de al menos la mayoría absoluta de los diputados, es decir, 29 de los 57 posibles.
En todos los casos, el TSE puede remitir el proyecto de ley a la Sala Constitucional para su debido control de constitucionalidad, según la legislación vigente.
Cualquier persona interesada en levantar una recolección de firmas puede solicitar al TSE la autorización. A partir de eso, empieza un período de nueve meses para dicho proceso (prorrogable por un mes adicional) y el Tribunal luego dispone de hasta 30 días hábiles para revisarlas y para verificar su autenticidad.
- ¿Cómo se vota en un referéndum?
Según establece la ley, la decisión del votante se debe expresar como “sí” o como “no” en relación con el proyecto de ley consultado.