Un proyecto de ley pretende darle un gran empujón a las personas mayores de 55 años que renuncien o sean despedidas de su trabajo.
La iniciativa es impulsada por el diputado Antonio Ortega y los demás legisladores del Frente Amplio y tiene como fin modificar el artículo 102 del Código de Trabajo, para que personas mayores de 55 años que han permanecido diez o más años en un mismo trabajo tengan tres meses de preaviso, si trabajan en empresas grandes.
Si la persona ha desempeñado su labor de manera continua en una pequeña o mediana empresa, el preaviso sería de hasta dos meses.
“Esta población se acerca a los años críticos para cumplir con la cantidad de cuotas y años de cotización laboral para obtener una pensión del régimen contributivo y, además, es el segmento de la población trabajadora más afectado por el desempleo crónico”, recordó el diputado Antonio Ortega.
Una persona de 50 o más años encuentra muchas más dificultades para encontrar trabajo que una de menor edad y hasta podría experimentar discriminación o precarización en empleos informales, o no encontrar ningún empleo.
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El código de trabajo establece que el preaviso es una indicación previa que el trabajador debe dar a la empleadora cuando renuncia, o que la empleadora debe darle al trabajador cuando lo va a despedir sin tener justa causa para hacerlo (despido con responsabilidad patronal). En caso de despido con causa justa, no se requiere preaviso y este derecho solamente se otorga en los contratos por tiempo indefinido.
El proyecto de ley pretende incluir en la ley este párrafo para especificar que el preaviso: “Después de diez años de trabajo continuo, si la persona trabajadora tiene cincuenta y cinco o más años, con un mínimo de tres meses de anticipación. Cuando se trate de personas físicas inscritas como patronos o personas jurídicas inscritas como pequeñas y medianas empresas, con un mínimo de dos meses.”
Actualmente, la ley dice que después de un año de trabajo continuo, el preaviso será de un mes. Se le agregaría: “Después de diez años de trabajo continuo si la persona trabajadora tiene cincuenta y cinco o más años, con un mínimo de dos meses de anticipación.
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“Si no se cumple el preaviso referido en este artículo, la parte que incumplió deberá abonar a la otra parte, el importe correspondiente a este tiempo”.
Según datos del INEC, en 2022 el empleo informal en la población de personas mayores alcanzaba 88.1% y para marzo de 2024 cerca de 827 mil mayores a 60 años se encuentran fuera de la fuerza de trabajo en Costa Rica, lo que implica que una gran cantidad de adultos mayores no están cotizando cuando se acerca el momento de pensionarse o cuando se retira no cuenta con una pensión.