Política

Si usted tiene moto necesita saber que podría aprobarse una medida que le afectaría

Las personas que tienen moto necesitan saber sobre una prohibición que podrían aprobar los diputados

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Si usted tiene moto, es necesario que sepa que los diputados analizan un proyecto de ley que podría cambiar las reglas para viajar en este vehículo.

La Comisión de Seguridad y Narcotráfico de la Asamblea Legislativa dictaminó de forma afirmativa un proyecto de ley para prohibir que dos personas puedan viajar en una moto.

Podría darse un cambio importante para los motociclistas. (Archivo)

La iniciativa fue propuesta por el diputado Alejandro Pacheco, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), y agrega un nuevo artículo a la Ley de Tránsito para establecer medidas de seguridad para evitar el uso de motocicletas en la comisión de delitos de sicariato.

“Estamos enfrentando una crisis de seguridad que requiere medidas extraordinarias para combatir el sicariato, que está acabando con la tranquilidad de las familias costarricenses”, manifestó el diputado.

El texto al que los legisladores le dieron el visto bueno determina que el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) podrá prohibir que dos personas viajen en una motocicleta en las provincias, cantones o distritos donde se requiera aplicar la medida, en horarios definidos, siempre que sea por razones de seguridad pública y lo solicite el Consejo de Seguridad Nacional y los cuerpos policiales del país.

El período de vigencia de la medida podrá ser de hasta un año, y podrá prorrogarse por el mismo plazo mediante decreto ejecutivo si existen razones muy justificadas que lo ameriten.

La medida busca bajar los homicidios. (Jorge Arce)

La idea era solo para hombres, pero ahora cambió.

Inicialmente, el proyecto de ley pretendía prohibir que fueran dos hombres los que viajaran en una misma motocicleta, sin embargo, con el texto sustitutivo aprobado, la medida aplicará tanto para hombres como para mujeres.

Si la prohibición se aprueba en el plenario legislativo y se llega a poner en marcha, el MOPT deberá informar ampliamente, por todos los medios posibles y con al menos 48 horas de anticipación, el periodo de vigencia y los lugares en los que se aplicará.

¡Hay excepciones! La prohibición no aplicaría para los oficiales de los cuerpos de policía en el cumplimiento de sus funciones, así como a los motociclistas con acompañantes cuando uno de estos sea una persona con discapacidad o menores cuya edad supere los cinco años.

También quedan excluidos quienes deban trasladarse desde su casa hacia su lugar de trabajo o viceversa, siempre que tengan una constancia laboral, física o digital, emitida por su patrono, en la que se consigne el horario de trabajo y el puesto que la persona ocupa.

Informe del BCCR ante la Asamblea Legislativa
Ahora los diputados deberán discutir la medida en el plenario legislativo. (Mayela López)

En los casos de motociclistas, que sean trabajadores independientes, y viajen con un acompañante para ejercer su actividad, deberán portar y presentar un documento de respaldo, físico o digital, sobre sus labores, que justifique su movilización.

La prohibición tampoco aplicará para los conductores de motocicletas de combustión interna cuya cilindrada de motor sea superior a los 500 centímetros cúbicos, y en caso de que estas cuenten con motores eléctricos o híbridos, cuya potencia máxima sea superior a los 35 kilovatios.

Según el texto, la sanción que aplicaría para quienes no respeten la medida sería de unos 26 mil colones.

Ahora la iniciativa será discutida en el plenario legislativo para luego someterla a votación en primer y segundo debate.

Rocío Sandí

Rocío Sandí

Licenciada en Comunicación de Mercadeo de la Universidad Americana; Periodista de la Universidad Internacional de las Américas, con experiencia en Sucesos, Judiciales y Nacionales. Antes trabajó en La Nación y ADN Radio.

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