Está recién pasado, aunque todavía queda algo de calentura, por las compras del Viernes Negro. Miles de personas aprovecharon ofertas y descuentos para comprar pantallas, celulares, tabletas, electrodomésticos, en fin, todo tipo de artículos estuvieron en rebaja, pero, si le falla el aparato que compró o le sale malo el mueble que se llevó ¿sabe cómo hacer valer sus derechos de garantía?
Le contamos que las reglas del partido están bien claras, sin embargo, aquí le dejamos siete bolados para que se defienda con la Ley de su lado, gracias a los amigos de la organización no gubernamental “Oficina del Consumidor”, quienes son expertos en defender a quien compra algún bien o servicio en este país.
Estos consejos son extraídos por la Oficina del Consumidor de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor:
𝟭) “Todo producto o servicio comercial tiene garantía, sin importar si el precio es pequeño, desde un lapicero hasta un carro y especialmente los servicios de reparación. También los productos en promoción o con descuentos tienen garantía.
𝟮) “El plazo mínimo de la garantía es 30 días hábiles equivalentes a 41 días naturales, 42 si hay un feriado, 48 en Semana Santa y 50 por vacaciones de fin de año de la Plataforma de Atención al Consumidor (PACO). Pero el plazo se extiende si el local está cerrado y muchos productos tienen meses o un año de garantía.
𝟯) “En bienes duraderos como los electrodomésticos, electrónicos y vehículos debe darse garantía por escrito. Lo peor es que los certificados de garantía pueden tener publicidad engañosa para hacer creer al consumidor que la garantía es únicamente el derecho a la reparación.
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𝟰) “El consumidor debe rechazar la reparación de electrodomésticos y electrónicos porque tiene derecho a elegir la sustitución por un producto nuevo o la devolución completa del dinero incluyendo gastos e intereses, según su propia conveniencia. Si recibe un producto sustituto, el consumidor tiene derecho a una nueva garantía completa.
𝟱) “En casos excepcionales, el consumidor puede aceptar la reparación del producto pero debe quedar en perfecto estado y tardar menos de quince días o el comerciante deberá prestarle un producto semejante mientras espera la reparación.
𝟲) “El consumidor debe advertirle al comerciante que si incumple el derecho de garantía se arriesga a una denuncia en la Plataforma de Atención al Consumidor y a una multa de diez salarios, equivalentes a tres millones trescientos treinta mil colones.
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𝟳) “La carga de la prueba referente a la entrega del documento de garantía, la idoneidad, conformidad del bien y servicio, así como de su adecuada ejecución corresponderá al comerciante o proveedor”, según los artículos 103 al 111 del Reglamento N° 37899-MEIC de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor N° 7472.