Nacional

Multa de 107 mil colones por restricción regirá para Semana Santa

Así lo anunció el presidente Carlos Alvarado

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El presidente Carlos Alvarado anunció que el aumento en la sanción por concepto de restricción vehicular sanitaria comenzará a regir en Semana Santa, que se inicia este domingo 5 de abril.

La restricción vehicular sanitaria ya no será solo de noche, también será de día. foto Alonso Tenorio (Alonso Tenorio)

Los diputados aprobaron este miércoles en primer debate aumentar dicha sanción de 23.415 colones a 107 mil colones, además de aplicarle al infractor una reducción de seis puntos en la licencia y el retiro de las placas del vehículo.

El presidente Alvarado aseguró que esta iniciativa será aprobada en segundo debate el viernes y el Poder Ejecutivo hará todo lo posible por publicarla en La Gaceta lo más pronto para que rija en Semana Santa, precisamente cuando comienzan a aplicarse los nuevos horarios de la restricción.

A partir de este viernes la restricción nocturna irá de las 5 p.m y hasta las 5 a.m en todo el país y para todos los carros. Y a partir del sábado 4 de abril y hasta el martes 7 de abril habrá restricción diurna de 5 a.m. a 5 p.m., pero por número de placa.

Del miércoles 8 de abril al domingo 12 de abril se restringirá la circulación de vehículos del todo y solo se podrá salir con el carro a comprar comida o medicinas (será por número de placa).

El lunes 13 de abril se elimina la restricción diurna y queda solo la nocturna.

Medidas sanitarias también

Los diputados también aprobaron en primer debate las multas para las personas que desacaten el aislamiento sanitario ordenado por Salud

Esas van de los 450 mil colones y hasata los 2,3 millones.

El Gobierno ha detectado que algunas personas han incumplido las medidas especiales con las cuales se pretende evitar la transmisión del Covid-19.

El proyecto establece tres escenarios diferentes.

-Una multa de ¢450.200 (un salario base) a quien irrespete el aislamiento sanitario que se le imponga por tener factores de riesgo de un cuadro grave de enfermedad.

-Multa de 1,35 millones si la persona que viola el aislamiento sanitario es sospechosa de tener una enfermedad contagiosa o, aun sin presentar síntomas o signos evidentes de enfermedad, tenga contacto cercano con un agente causal de la enfermedad.

-Multa de ¢2,3 millones si la persona irrespeta el aislamiento sanitario, a pesar de que se le haya diagnosticado, médica o clínicamente, una enfermedad contagiosa.

La excepción que establece el plan es para las personas que por necesidad deban salir del lugar de su aislamiento, la gente de la calle y otros casos que deba analizar el Ministerio de Salud.

Shirley Sandí

Periodista egresada de la Universidad Latina de Costa Rica. Responsable de edición y alimentación web en La Teja y colaboradora en gestión de redes sociales. Editora de notas en Mesa de Radar, Grupo Nación.

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