Desde este 4 de diciembre una mujer embarazada puede solicitarle a la Caja que le practique un aborto terapéutico porque el Ministerio de Salud le confirmó a la Caja Costarricense de Seguro Social la aprobación del “Protocolo de atención clínica para el procedimiento médico vinculado con el artículo 121 del Código Penal: interrupción terapéutica del embarazo”.
Cualquier mujer que considere que su vida o su salud están en peligro, puede solicitar el aborto terapéutico ante un doctor de cualquier nivel de atención, quien deberá hacerle una referencia física o digital para solicitar que la revisen; también puede solicitarlo ante la Dirección Médica del Área de Salud que corresponda, presentando el formulario para solicitar aborto terapéutico de la Caja.
La mamá debe firmar bajo juramento que no ha realizado esta solicitud por la misma causa en otro centro ya sea público o privado, en el embarazo actual.
También puede solicitar el aborto un doctor de cualquier nivel de atención, que considere que la vida o la salud de la mujer está en peligro, quien deberá informar a la mamá y hacer una referencia física o digital para solicitar que revisen a esa mamá.
El protocolo ordena la actuación en la red de servicios de salud de los diferentes profesionales (medicina gineco-obstétrica, perinatología, enfermería obstétrica y grupos de apoyo, entre otros) que tienen que ver en la valoración de las mujeres en las que se considere que su vida o su salud estén en peligro.
Una vez que una mujer solicita la interrupción del embarazo, se activa la organización de un grupo de tres profesionales para estudiar el caso en particular y decidir si la interrupción terapéutica del embarazo es la única alternativa médica posible para resguardar la vida o la salud de la mujer.
Este grupo tendrá tres días hábiles, a partir de la recepción de la solicitud, para dar su respuesta. Si así lo considera el grupo puede pedir ayuda de otros profesionales quienes solo darán su criterio y no tendrán voto; incluso el grupo puede pedir más tiempito para tomar la decisión, justificando muy bien la situación. Si no logran ponerse de acuerdo los tres para aplicar el aborto, la decisión se toma con votación de mayoría simple (2 a favor y 1 en contra).
Iglesia en contra
Sobre este tema la Conferencia Episcopal costarricense ya se había pronunciado: “Todo aborto provocado, también el mal denominado “terapéutico”, es moralmente reprochable, porque supone la muerte de un ser vivo, inocente y totalmente indefenso. El fin bueno, supuestamente salvar la vida de la madre, no justifica el acto malo, la muerte provocada del hijo que está por nacer.
“Cuando se presenta que una mujer enferma queda embarazada, el médico y el personal sanitario tienen la obligación de cuidar y proteger ambas vidas humanas”.