La Sala Constitucional aseguró, este viernes 22 de noviembre, que cuando el presidente Rodrigo Chaves le quitó, 24 horas antes del evento, la declaratoria de interés cultural a la Marcha de la Diversidad 2024, cometió un “acto arbitrario e intempestivo”.
“Resulta claro para el Tribunal Constitucional, que se está haciendo uso de una posición de poder para dejar sin efecto un acto previamente emitido de conformidad con el ordenamiento.
“Se incurrió en un acto no solo arbitrario, sino absolutamente intempestivo, al ser emitido tan solo un día antes de la marcha y carente de todo fundamento, lesionando con ello, de forma flagrante, los derechos fundamentales de una población minoritaria y vulnerable como lo es la LGBTIQ+”, explica la Sala Cuarta.
Los jueces de la Sala Cuarta consideraron por unanimidad que la decisión del Poder Ejecutivo de revocar la declaratoria de interés cultural otorgada a la Marcha del Orgullo y la Diversidad carece de un fundamento objetivo y técnico.
Agrega la Sala Cuarta que todos los fundamentos que dio Chaves para quitar esa declaratoria estuvieron “ayunos de sustento para justificar la actuación”.
Quienes presentaron el recurso de amparo ante la Sala Cuarta también reclamaron que al quitársele la declaratoria de interés cultural a la marcha se puso en riesgo la integridad de los que asistieron porque eso evitó una mayor presencia policial.
En este caso específico, del supuesto riesgo de los que marcharon, la Sala Constitucional dijo que nada que ver, que al revisar todos los documentos se comprobó suficiente presencia policial.
Se condenó al Estado a pagar el juicio y lo que gastaron en abogados quienes pusieron el recurso de amparo.