Una mujer aseguró que violaron sus derechos como madre, al no poderse despedirse de su bebé fallecida y, por eso, acudió a la Sala IV para presentar un recurso de amparo en contra del hospital Tony Facio Castro de Limón.
Ella contó que acudió al CAIS de Siquirres, en donde se le detectó que su bebé, de 39 semanas de gestación, no presentaba signos vitales, por lo que fue remitida de inmediato al centro hospitalario caribeño, donde el diagnóstico lamentablemente se confirmó.
Ese día se indujo el parto a la madre y se trasladó a la bebé a la Unidad de Patología del hospital y a las cámaras de conservación de cuerpos.
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Según le informaron a la madre, “un fallo del equipo de conservación, sumado al tiempo de fallecida de la niña, provocó que, al día siguiente, el cuerpo representara un peligro biológico para el personal médico y la familia de la menor, por lo que debió ser sepultada por orden del centro médico, sin que la familia pudiera realizar honras fúnebres acordes a sus deseos y creencias”.
La Sala resolvió que se violaron los derechos de la madre y su integridad moral y psicológica, así como su deseo de despedirse de su ser querido como deseaba. Por otro lado, le ordenó a Daver Vidal, director médico del hospital y al médico especialista en patología, disponer lo necesario para entregar a la recurrente, en el plazo de cinco días, contados a partir de la notificación de la sentencia, la información relacionada con el deceso de su hija que conste en el centro médico, con estricto apego al ordenamiento jurídico.