Una madre denunció que por un tema de edad, su hijo no podía hacer las pruebas de bachillerato a distancia.
El joven tiene 15 años y es estudiante del programa de Educación Diversificada del Ministerio de Educación Pública y un cambio le estaba impidiendo que hiciera las pruebas, por su edad.
La madre acudió a la Sala IV y explicó que desde hace más de 10 años, la edad mínima requerida para inscribirse en ese programa era tener 15 años; sin embargo, acusa que el Ministerio cambió la normativa elevando la edad de 15 a 16 años cumplidos de la nada.
“La madre reclamó que ese cambio afecta directamente la planificación y preparación del tutelado para los exámenes que están programados para el 23, 29 y 30 de junio de 2024, para los cuales estaba estudiando bajo la normativa anterior que permitía la inscripción a los jóvenes de 15 años.
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“Esa nueva disposición impide que su hijo pueda presentarse a efectuar dichos exámenes, retrasando su educación y desarrollo académico hasta el año 2025″, afirmó la Sala en un comunicado.
Además, la madre afirmó que las consecuencias de este aviso tardío son: que los muchachos ya estaban preparados para realizar las pruebas, que muchos de ellos están saliendo de una depresión producto del bullying, situación que los llevó a abandonar el colegio y que también afecta a los padres de familia, quienes han encontraron una oportunidad con el programa de educación abierta, entre otras.
“Se declara con lugar el recurso. Se ordena a Anna Katharina Müller y Álvaro Artavia, por su orden ministra y director de la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad, que giren las órdenes pertinentes y lleven a cabo todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de sus competencias para que, dentro del plazo máximo de diez días, contados a partir de la notificación de la presente sentencia, la postulación del tutelado se le valore conforme al Decreto Ejecutivo No. 26906 –MEP denominado Política y Normativa de los Programas de Educación Abierta, previo a la reforma introducida por el Decreto Ejecutivo No. 44453-MEP”, destacó la Sala.