Luego de la pandemia, muchos conductores se quedaron con la idea de que ir a una cita médica o llevar a los hijos a la escuela o el colegio son vistas como excepciones para la restricción vehicular, pero, ¿realmente eso es así?
Debido a esto el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) recordó en su pagina Facebook cuáles son las excepciones que podrían salvarlo de un parte por restricción, écheles un ojito:
- En primer lugar están los vehículos de emergencia y los policiales.
- Los vehículos de transporte público, incluso los de servicios especiales, turismo y estudiantes.
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- Los vehículos que transporten personas con una condición de discapacidad debidamente identificados.
- Todas las motocicletas.
- Los vehículos que transporten cemento fresco.
- Los vehículos rentados.
- Los vehículos de carga liviana que transporten productos perecederos (deben probarlo por medio de documentación).
- Vehículos con ocupación plena, es decir, que vaya el chofer y al menos tres ocupantes más. Pueden circular de 6 a. m. a 8 a. m. y de 4:30 p. m. a 7 p. m.
- Cuando en una casa tienen dos o más vehículos con restricción el mismo día, a nombre de una misma persona física o de cónyuge o de convivientes (para esto se debe tramitar un permiso).
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- Vehículos amigables con el ambiente.
- Vehículos de carga pesada.
Para que lo tenga claro, los lunes no pueden entrar al centro de San José los carros cuyas placas terminan en 1 y 2, los martes los que terminan en 3 y 4, los miércoles las terminadas en 5 y 6, los jueves las terminadas en 7 y 8 y los viernes las que acaban en 9 y 0.
La multa por irrespetar la restricción vehicular es de ¢26.344,68.