La Contraloría General de la República (CGR) envió a la Sala IV una consulta de constitucionalidad sobre el proyecto de la ley jaguar.
Este lunes, la contralora general, Marta Acosta, planteó en el documento que se declaren inconstitucionales tres de los cinco artículos del proyecto, específicamente los 2, 4 y 5.
La Contraloría advirtió de que la nueva versión de la ley jaguar mantendría la esencia del proyecto original. La consulta alerta que el segundo texto tendría los mismos errores en cuanto a la constitucionalidad.
Sobre el artículo 2, la CGR argumentó que es inconstitucional porque pretende modificar el artículo 12 de la Ley Orgánica de la Contraloría. El nuevo proyecyo eliminaría el párrafo según el cual las órdenes de ese ente son de acatamiento obligatorio para las instituciones y, en su lugar, se establecería que el órgano contralor no puede “sustituir” ni “abarcar” las funciones de la administración activa.
LEA MÁS: A Rodrigo Chaves hasta las inauguraciones le están dando problemas
“Es evidente que la intención no es fortalecer o aclarar el ejercicio de las competencias constitucionales y legales del órgano contralor. La reforma cercena competencias y genera un vaciamiento del contenido sustancial de las funciones al tener la prohibición un impacto transversal.
“Incorporar una prohibición a partir de verbos tan amplios produce una grave incompatibilidad en relación con todas las funciones de la CGR, lo que progresivamente generaría su inaplicabilidad con nefastas consecuencias para el sistema de control de la Hacienda Pública y contrariando copiosa jurisprudencia de la Sala Constitucional”, señaló la Contraloría.
Los primeros
El 9 de agosto pasado, el TSE envió una consulta a la Sala Constitucional y en el texto, precisamente, piden que se determinen la constitucionalidad de los artículos 2, 4 y 5 del texto.
“Si bien el TSE comunicó la tarde del 29 de julio, tras darse a conocer el ‘Por tanto’ de lo resuelto por la Sala Constitucional sobre su consulta de la primera versión del texto, que esperaría la redacción integral de esa sentencia y el informe de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa para pronunciarse, esa espera perdió su razón de ser al día siguiente al presentarse solicitudes de los gestores de la iniciativa ante el TSE (Alberto Cabezas Villalobos y Edgar Espinoza Rodríguez) de retirar ese proyecto y sustituirlo por su nueva versión.
“Las disposiciones no incluidas en la primera consulta y sí en esta segunda, se fundamentan en los nuevos elementos técnicos con que ahora cuenta el TSE para fundamentarlas, incluida la consulta formulada por la Contraloría General de la República (órgano constitucional responsable de la fiscalización de la hacienda pública) ante la Sala Constitucional, con el fin de disponer de seguridad jurídica respecto de la constitucionalidad del texto que se pretende someter a referéndum”, informó el TSE ese día.