Si usted es uno de los cientos de desafortunados conductores a los que les bajaron las placas o les decomisaron el chuzo este fin de año, preste mucha atención porque el Ministerio de Obras Públicas (MOPT) aclaró qué es lo que tiene que hacer.
Y es que, oficialmente, este lunes 6 de enero en ese ministerio volvieron de vacaciones y hay muchísimo con lo que se tienen que poner al día, una de esas cosas son los trámites para devolver placas y carros decomisados.
Así que si usted es uno de esos conductores afectados que quedó sin su carrito, esto es lo que tiene que hacer:
Primero que nada, debe sacar una cita de devolución a través del sitio web del MOPT o dando clic en este enlace.
Desde el MOPT dejaron muy claro que ninguna persona sin cita va a ser atendida, así que ni pierda su tiempo llegando a alguna sede del ministerio sin antes haber cumplido el primer paso.
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Una vez que tenga su cita, recuerde que sí o sí tiene que pagar cualquier multa o infracción que tenga pendiente, antes de poder hacer el trámite.
Además, el MOPT tiene un cobro extra de acarreo del vehículo decomisado y la custodia, estos montos se cobran de la siguente manera:
Por el acarreo del carro son ¢7.417,94 por los primeros 6 km o menos, y de ¢1.236,32 por cada kilómetro extra.
Mientras que, por la custodia, se cobran ¢3.522,13 por día.
Una vez que haya pedido la cita y haya cancelado todos los pagos pendientes, puede acercarse a la sede del MOPT que le quede más cerca y, el día de la cita, solicita la orden de devolución del carro.
Es importante aclarar que este trámite solo lo puede hacer el dueño registral o un tercero con una autorización hecha por un abogado.
Ahora, si a usted lo que le hicieron fue bajarle las placas, recuerde que para recuperarlas puede hacer la solicitud a través de Correos de Costa Rica, pero ese trámite tiene que hacerse desde el sitio web del Cosevi.
Y también tiene que cancelar las infracciones.
Apelaciones
Ahora, si usted considera que hubo un error en su caso y quiere presentar una apelación, está de suerte porque aún tiene tiempo para hacerlo.
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Y es que, por ley, tiene 10 días hábiles para apelar un parte y como el MOPT estuvo de vacaciones todo el fin de año, la fecha de inicio para apelar los partes que se hicieron entre el 21 de diciembre del 2024 y el 5 de enero del 2025, comienza a correr a partir de este lunes 6 de enero.