Nacional

Compartir fotos o videos íntimos ajenos podría pagarse con dos años de cárcel

Proyecto de ley crearía nuevo delito que permite denunciar penal y civilmente, incluso, obligaría a indemnización

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Ardelia Maurel tenía 15 años cuando una mañana del 2014 se levantó y descubrió algo que le cambió la vida para siempre, sus dos mejores amigas le enviaron a su celular imágenes de ella desnuda que le había mandado a su novio y que él se encargó de enviárselas a todos los compas del cole sin pedirle permiso.

La diputada Franggi Nicolás fue quien presentó el proyecto de ley para la protección de imagen íntima. Foto José Díaz. (Jose Diaz)

A partir del momento en que el novio puso a circular sus fotos privadas, la vida de Ardelia se complicó. Sus dos mejores amigas le dejaron de hablar y comenzó a ser tratada en el cole como una prostituta.

La historia de Ardelia se la contamos en La Teja en setiembre del 2017.

“Mi mundo se despedazó en un instante. Al tener todos mis compañeros y la gente del cole mis fotos desnuda me convirtieron en un pedazo de carne.

“Me atacaron tanto que comencé a creer que yo era una enferma sexual y que lo que había hecho era muy asqueroso y muy depravado. Tenía vergüenza de mí misma, me sentía sucia”, explicó Ardelia.

“Fui acosada cibernéticamente, fui acosada colegialmente y personalmente. Siempre era la mala y siempre él (el novio) fue el carga, el hombrezote que, como buen macho, podía violar mi confianza y mandarle mis fotos a quien se le diera la gana”, explicó Ardelia.

Cárcel e indemnización

Por calvarios como el que vivió Ardelia, la diputada liberacionista Franggi Nicolás presentó un proyecto de ley para que quien manda a sus amigos las fotos o el video íntimo que le tomó a su pareja sin que esa pareja le autoricevaya a la cárcel entre tres meses a dos años y hasta con una indemnización económica.

Hacer viral fotos íntimas de una persona sin que se tenga autorización podría convertirse en un bejuco legal bien grande. Foto Rafael Pacheco. (Rafael PACHECO GRANADOS)

El proyecto de ley también crea un nuevo delito basado en el hecho de la distribución no autorizada de imágenes íntimas. y sería castigado con una pena de prisión de tres meses a un año y multa de doce meses quien, sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros, imágenes o grabaciones de video.

La pena sería de dos años cuando quien distribuya esas fotos o videos sea el esposo, pareja, o se trate de parientes hasta tercer grado, o si la víctima fuese menor de edad, una persona con discapacidad o cuando esa distribución de imágenes íntimas se haga para ganar dinero.

Se debe tener permiso

Para este proyecto de ley la imagen íntima es una foto o grabación en la que una persona está desnuda, parcialmente desnuda o involucrada en una actividad sexual explícita que se realizó en privado.

Que una persona se haya apuntado a tomarse fotos o videos íntimos, eso no da derecho a publicar ese material en redes sociales. Foto Rafael Pacheco. (Rafael PACHECO GRANADOS)

La persona que distribuye la imagen íntima cometería un agravio contra el afectado, que le traería serias broncas en materia civil y penal.

“Si no se cuenta con su aprobación expresa para su divulgación, se vulnera su derecho a la intimidad”, explicó la diputada.

Según la dipu de Puntarenas, es vital entender que no es importante si la víctima aceptó tomarse la fotografía o a grabar el video libremente, como podría ocurrir en una sesión de fotografía o en la confianza de una relación amorosa.

Todos son responsables

La diputada Franggi Nicolás respondió a las siguientes tres preguntas:

–¿Las penas son solo para el primero que las filtra o también los otros que mandan y mandan las fotos?

La sanción alcanza a quien difunda la imagen íntima. Dice la norma “difunda, revele o ceda a terceros” cuando la divulgación afecte gravemente la intimidad de la víctima. Ese daño se produce cada vez que se realiza la distribución de la imagen no autorizada. Las personas tenemos que aprender a hacer un uso responsable de las redes sociales.

–¿Cómo hacer si es un perfil anónimo el que filtró las fotos, cómo se penalizaría?

–Se procede a indicar al administrador del sitio que debe retirar las imágenes (de lo contrario se le considerará responsable civil) y a indicar los registros de conexión y acceso a aplicaciones y otros datos. Presentada la denuncia, esta pasa a investigación contra “ignorado” en la unidad de delitos informáticos del OIJ. Para todo lo anterior se elaborarán los protocolos de apoyo a las víctimas.

–¿Qué se hace si a la persona le roban el celular, cámara o computadora y dan a conocer las fotos? (caso de Marilin Gamboa).

Se procede igual que en el caso anterior. Lo primero es retirar las imágenes, lo que es obligatorio para los administradores de los sitios en obediencia a una medida cautelar urgentísima. Luego se procede a abrir la investigación contra “ignorado”, por parte de la unidad de delitos informáticos del OIJ y los proveedores de internet y administradores de sitios, redes o aplicaciones tienen la obligación de colaborar. Para ello podrán ubicar direcciones IP, acceso de los perfiles, etc. Se minimiza el daño, se apoya a las víctimas y se persigue y sanciona a los divulgadores que operan sin el consentimiento de la víctima.

Eduardo Vega

Eduardo Vega

Periodista desde 1994. Bachiller en Análisis de Sistemas de la Universidad Federada y egresado del posgrado en Comunicación de la UCR. Periodista del Año de La Teja en el 2017. Cubrió la Copa del Mundo Sub-20 de la FIFA en el 2001 en Argentina; la Copa del Mundo Mayor de la FIFA del 2010 en Sudáfrica; Copa de Oro en el 2007.

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