Ardelia Maurel tenía 15 años cuando una mañana del 2014 se levantó y descubrió algo que le cambió la vida para siempre, sus dos mejores amigas le enviaron a su celular imágenes de ella desnuda que le había mandado a su novio y que él se encargó de enviárselas a todos los compas del cole sin pedirle permiso.
A partir del momento en que el novio puso a circular sus fotos privadas, la vida de Ardelia se complicó. Sus dos mejores amigas le dejaron de hablar y comenzó a ser tratada en el cole como una prostituta.
La historia de Ardelia se la contamos en La Teja en setiembre del 2017.
“Mi mundo se despedazó en un instante. Al tener todos mis compañeros y la gente del cole mis fotos desnuda me convirtieron en un pedazo de carne.
“Me atacaron tanto que comencé a creer que yo era una enferma sexual y que lo que había hecho era muy asqueroso y muy depravado. Tenía vergüenza de mí misma, me sentía sucia”, explicó Ardelia.
“Fui acosada cibernéticamente, fui acosada colegialmente y personalmente. Siempre era la mala y siempre él (el novio) fue el carga, el hombrezote que, como buen macho, podía violar mi confianza y mandarle mis fotos a quien se le diera la gana”, explicó Ardelia.
Cárcel e indemnización
Por calvarios como el que vivió Ardelia, la diputada liberacionista Franggi Nicolás presentó un proyecto de ley para que quien manda a sus amigos las fotos o el video íntimo que le tomó a su pareja sin que esa pareja le autoricevaya a la cárcel entre tres meses a dos años y hasta con una indemnización económica.
El proyecto de ley también crea un nuevo delito basado en el hecho de la distribución no autorizada de imágenes íntimas. y sería castigado con una pena de prisión de tres meses a un año y multa de doce meses quien, sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros, imágenes o grabaciones de video.
La pena sería de dos años cuando quien distribuya esas fotos o videos sea el esposo, pareja, o se trate de parientes hasta tercer grado, o si la víctima fuese menor de edad, una persona con discapacidad o cuando esa distribución de imágenes íntimas se haga para ganar dinero.
Se debe tener permiso
Para este proyecto de ley la imagen íntima es una foto o grabación en la que una persona está desnuda, parcialmente desnuda o involucrada en una actividad sexual explícita que se realizó en privado.
La persona que distribuye la imagen íntima cometería un agravio contra el afectado, que le traería serias broncas en materia civil y penal.
“Si no se cuenta con su aprobación expresa para su divulgación, se vulnera su derecho a la intimidad”, explicó la diputada.
Según la dipu de Puntarenas, es vital entender que no es importante si la víctima aceptó tomarse la fotografía o a grabar el video libremente, como podría ocurrir en una sesión de fotografía o en la confianza de una relación amorosa.
Todos son responsables
La diputada Franggi Nicolás respondió a las siguientes tres preguntas:
–¿Las penas son solo para el primero que las filtra o también los otros que mandan y mandan las fotos?
La sanción alcanza a quien difunda la imagen íntima. Dice la norma “difunda, revele o ceda a terceros” cuando la divulgación afecte gravemente la intimidad de la víctima. Ese daño se produce cada vez que se realiza la distribución de la imagen no autorizada. Las personas tenemos que aprender a hacer un uso responsable de las redes sociales.
–¿Cómo hacer si es un perfil anónimo el que filtró las fotos, cómo se penalizaría?
–Se procede a indicar al administrador del sitio que debe retirar las imágenes (de lo contrario se le considerará responsable civil) y a indicar los registros de conexión y acceso a aplicaciones y otros datos. Presentada la denuncia, esta pasa a investigación contra “ignorado” en la unidad de delitos informáticos del OIJ. Para todo lo anterior se elaborarán los protocolos de apoyo a las víctimas.
–¿Qué se hace si a la persona le roban el celular, cámara o computadora y dan a conocer las fotos? (caso de Marilin Gamboa).
Se procede igual que en el caso anterior. Lo primero es retirar las imágenes, lo que es obligatorio para los administradores de los sitios en obediencia a una medida cautelar urgentísima. Luego se procede a abrir la investigación contra “ignorado”, por parte de la unidad de delitos informáticos del OIJ y los proveedores de internet y administradores de sitios, redes o aplicaciones tienen la obligación de colaborar. Para ello podrán ubicar direcciones IP, acceso de los perfiles, etc. Se minimiza el daño, se apoya a las víctimas y se persigue y sanciona a los divulgadores que operan sin el consentimiento de la víctima.