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Gobierno no quería darle información a ciudadano y así logró que le respondan lo que pide

Un ciudadano logró que el gobierno le responda, luego de meses de estar esperando una información

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Vista de uno de los senderos en el Refugio Natural de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo en Talamanca, Limón. Fotografía: Alonso Tenorio.
El gobierno deberá responderle a un ciudadano las acciones que ha tomado para recuperar decenas de hectáreas del refugio Gandoca - Manzanillo. Alonso Tenorio.

La Sala Constitucional le ordenó al gobierno a responderle a un ciudadano, sobre las acciones que ha tomado para recuperar unas tierras del Refugio de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, que se localizan en el Caribe Sur.

Más de 100 hectáreas de terreno pasaron a a manos privadas mediante una ley emitida en el 2014, la llamada “Ley Céspedes” y que fue declarada inconstitucional en el 2019. El exdiputado y actual alcalde de Matina Wálter Céspedes promulgó dicha ley.

Marco Levi Virgo es representante de la Asociación de Desarrollo para la Ecología y en su recurso explicó que al momento de acudir a la Sala, las autoridades se habían hecho las rusas con los datos. En marzo envió un oficio a la Presidencia de la República pidiendo información sobre los terrenos.

Solicitó al Inder los números de expediente de las demandas iniciadas para recuperar terrenos de propiedad privada, así como un informe sobre las acciones realizadas para asegurar que los titulares de esas propiedades hayan sido notificados de que las propiedades están bajo régimen especial.

Levi pidió al Sinac informar las razones por las no se ha incorporado al Patrimonio Natural del Estado las zonas catalogadas como bosque e indicar por qué una certificación del 2017 no incluyó las áreas de bosque de la zona 1 del Refugio, pese a que había evidencia de esos bosques en un informe de un Tribunal Ambiental.

El recurso se presentó contra el Ministerio de la Presidencia, el Consejo Nacional Ambiental, el Instituto de Desarrollo Rural (Inder) y el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac).

Los magistrados señalaron que, si las autoridades no acatan lo que señala el recurso, “se les podrá seguir causa por el delito de desobediencia a la autoridad regulado en el artículo 314 del Código Penal, que impone ‘…prisión de seis meses a tres años, a quien no cumpla o no haga cumplir, en todos sus extremos, la orden impartida por un órgano jurisdiccional o por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, siempre que se haya comunicado personalmente, salvo si se trata de la propia detención’”.

Yenci Aguilar Arroyo

Yenci Aguilar Arroyo

Redactora de la sección de Nacionales. Trabajó en las secciones de Deportes, Tiempo Libre y tiene experiencia en comunicación institucional. Cuenta con 18 años de experiencia, desarrollada principalmente en el periodismo escrito. Fue designada Periodista del Año del 2023. Trabajó en el Periódico Al Día.

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