Desde que el 26 de mayo de 2020 se legalizó el matrimonio entre personas del mismo sexo, al abogado Rodolfo Nassar, máster en Derecho Constitucional y de Familia y Sociedad, le empezaron a llover preguntas a sus redes sociales sobre el tema, las cual muy amablemente comparte y responde por medio de La Teja.
–¿Por qué se le ha dado tanta importancia al matrimonio entre personas del mismo sexo?
Lo importante no es tanto que se reconozca legalmente la figura del matrimonio, una figura que ha perdido fuerza en los últimos años, sino que se le reconozcan nuevos derechos a la población LGBTIQ. Actualmente hay muchas parejas del mismo sexo que no están casadas, pero cumplen plenamente con el objeto del matrimonio: la vida en común, la cooperación y el mutuo auxilio. La diferencia es que ahora tendrán el derecho a decidir casarse si lo desean.
–¿Se afecta el concepto de matrimonio tradicional?
Partimos de que no hay tal matrimonio tradicional, ni tampoco lo hay entre personas del mismo sexo: el matrimonio es solo uno. Lo ideal es que a partir de ahora hablemos de un solo concepto de matrimonio, sin importar su configuración, pues no se debe hacer diferencias donde no las hay, tal y como lo señaló la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
La figura del matrimonio cambia y se adapta a la realidad social, ya que hace poco más de un siglo, nuestro Código Civil indicaba que la mujer debía obedecer al marido, hace un par de años se permitía el matrimonio de menores de edad y hace unos pocos meses se indicaba que el hombre era el principal obligado económico. Ninguno de estos cambios del “matrimonio tradicional” se cuestionaron cuando fueron variados.
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–¿Habrá una avalancha de matrimonios entre personas del mismo sexo?
Posiblemente no. El amor romántico es uno de los elementos que se ha mencionado como justificante para el reconocimiento del matrimonio entre personas del mismo sexo, pero posiblemente tendrán los mismos problemas que tiene un matrimonio heterosexual. Muchos gais y lesbianas se casan para reconocer sus derechos y otros como señal de protesta por la desigualdad de las leyes, pero muchos no se casan porque no lo requieren.
En un estudio reciente, realizado en el exterior, se concluyó que las parejas del mismo sexo tienen menos interés en casarse que las parejas heterosexuales; en otro estudio se concluye que las posibilidades de divorcio es el mismo que en caso de las parejas heterosexuales (aumentan en el caso de matrimonio entre mujeres).
–¿Hay menos violencia en los matrimonios de personas del mismo sexo?
No hay estudios concluyentes, algunos indican que la violencia doméstica es similar al de parejas heterosexuales y otros indican que es mayor. En todo caso, debe considerarse que estas parejas están bajo un estrés y presión social diferente al de una pareja heterosexual y las denuncias podrían enfrentar resistencia u homofobia de parte del que la tramita.
–¿Los nuevos matrimonios podrán adoptar?
No hay razón para que no puedan. Toda decisión judicial debe considerar el beneficio de los niños antes que cualquier otro asunto. Actualmente hay niños que nacieron dentro de una relación sentimental heterosexual, pero que viven con su padre o madre que actualmente tiene una pareja del mismo sexo. En igual forma una persona de la comunidad LGBTIQ puede adoptar en forma individual.
El problema puede ser de los prejuicios que puedan tener quienes tramitan la adopción.
Varios estudios indican que no hay diferencia entre un niño criado por personas del mismo sexo que por parejas heterosexuales. En Costa Rica es conocido el caso de una persona transgénero a quien, en el 2004, se le otorgó el depósito permanente de un menor, criándolo en muy buena forma.
–En el caso de los que no contraen matrimonio, ¿pierden sus derechos en caso de una separación?
No. La normativa de familia deberá irse adaptando en el tema de unión de hecho o de pensión alimentaria por la vía jurisprudencial, sea del Tribunal o de la “cautelosa” Sala Constitucional. En todo caso, actualmente existen formas de defender los derechos sobre los bienes que se obtenido durante la convivencia.
–¿En qué me afecta a mí, como individuo, la aprobación del matrimonio de personas del mismo sexo?
Posiblemente en nada, podría afectarlo en la misma forma que lo haría cualquier otro matrimonio entre un hombre y una mujer. Al que obliga es al Estado por el reconocimiento de prestaciones que, en igual forma, se les hubieran dado si la persona se hubiera casado con alguien del otro sexo.