La madre de un paciente con una enfermedad terminal le ganó un pulso a la Caja Costarricense de Seguro Social, luego de que no le prolongaran una licencia para cuidar de su hijo.
La señora recurrió a la Sala IV porque su muchacho, de 37 años, fue diagnosticado con una enfermedad llamada esclerosis lateral amiotrófica a finales de 2020, la cual es un padecimiento paralizante progresivo, que afecta las neuronas motoras del cerebro y la médula espinal, causando la pérdida de control muscular.
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Esto le ha provocado problemas para hablar, tragar, mover el tronco y los brazos, así como para caminar, por lo que está en silla de ruedas.
El paciente padece una enfermedad terminal y por eso, a su madre le dieron una licencia para su cuido desde diciembre del 2022. La primera licencia duraba un mes, la segunda dos meses, la tercera tres meses y luego cada una era de seis meses, además de estar aprobada hasta octubre del 2024.
“El dictamen médico realizado por el Centro Nacional de Control del Dolor y Cuidados Paliativos C-032-2024, en atención brindada al amparado el 9 de abril del 2024, en donde se indica que el paciente es terminal, lo anterior para que se le brinda el beneficio de licencia para cuidador de paciente en fase terminal acorde a lo que establece la ley 7756, esto hasta el 5 de octubre del 2024″, señaló la Sala en un comunicado.
Inexplicable
El 9 de abril de este año, la señora presentó ese dictamen médico y la solicitud de la licencia ante la Comisión Local de Incapacidades del Área de Salud de San Ramón de la Caja para extender este beneficio, pero le negaron la extensión, basados en que la licencia de fase terminal no puede ser mayor a los 6 meses.
La madre insistió en que la necesitaba pues su muchacho requiere de cuidados y ayuda diarios, ya que además es completamente dependiente de su persona y por ese motivo estaban lesionando sus derechos fundamentales.
“Se declara con lugar el recurso. Se ordena a Óscar Montero, director médico del Área de Salud de San Ramón y a Sandra Benavides, coordinadora de la Comisión Local de Incapacidades del Área de Salud de San Ramón, que adopten las medidas administrativas correspondientes para que inmediatamente se extienda la licencia de cuido de paciente en fase terminal conforme lo indicado en el médico C-032-2024 del 9 de abril del 2024 emitido por la directora del Centro Nacional de Control del Dolor y Cuidados Paliativos.
“Se advierte que, de conformidad con lo establecido por el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional se impondrá prisión de tres meses a dos años o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada dentro de un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado”, destacó la Sala.