Cualquiera diría que encender las luces de los carros entre las 6:00 p. m. y las 6:00 a. m. y evitar andar la luz larga cuando cuando se transita por lugares donde vienen carros en sentido contrario es algo más que aprendido y forma parte del sentido común, pero no.
En lo que va del año 1.544 conductores recibieron una sanción por violentar el artículo 103 de la Ley de Tránsito, que habla sobre el uso correcto de las luces del vehículo.
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Estas multas relacionadas por el mal uso de las luces son de ¢56.000.
La ley establece que los motociclistas deben andar la luz encendida siempre que circulen, sin importar la hora, si no es así también se exponen a la multa. El parte también aplica al usar luces neblineras cuando no procede y cuando se utilizan luces de reglajes y potencias no autorizadas.
Alexander Solano, director de la Policía de Tránsito, asegura que la ley también es clara en que si las condiciones durante el día no son favorables, deben encenderse las luces.
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“Tenemos un serio problema de aprendizaje, en el que venimos insistiendo para cambiar hábitos, y es que algunos conductores no encienden las luces durante el día, pese a que las condiciones no son las mejores, en cuanto a visibilidad. Así, vemos vehículos con las luces apagadas pese a que van en medio de un fuerte aguacero, a que está oscuro o a que hay neblina, por dar unas ideas. También, a veces, a las 5:30 de la tarde está sumamente oscuro y no encienden las luces”, manifestó el funcionario.
Solano rescata que las luces no son solo para ver el camino, sino para ser visibles ante los demás actores viales, sean ciclistas, peatones u otros conductores.