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¡Encienda las luces de su vehículo! Multa por no hacerlo sale carísima

El MOPT recuerda que hay un horario establecido para encender las luces

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El no encender las luces de su vehículo, según lo indica la Ley, lo expone a sufrir accidentes y también a una multa carísima.

El Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) informó que entre enero y mayo de este año los oficiales de la Policía de Tránsito multaron a 81 conductores por no encender las luces del vehículo entre las 6 de la tarde y las 6 de la mañana, o cuando las condiciones del entorno lo ameritaban.

A las 4 p. m. en las inmediaciones del Hotel San José Palacio, La Uruca, la lluvia obligó a los conductores de carros a encender las luces. Foto: Rafael Pacheco.
Cuando llueve y hay neblina hay que encender la luz sin importar la hora. Foto: Rafael Pacheco.

La multa por no cumplir con el uso correcto de las luces en los vehículos es de ¢124.000.

Las autoridades insisten en que no es opcional apagar las luces a las 5:15 a. m., por ejemplo, solo porque ya está claro. Es obligatorio mantenerlas encendidas hasta las 6 de la mañana.

“El problema con este tema radica en que muchas personas creen que las luces del vehículo son solo para iluminar el camino, cuando lo correcto es que también son para hacernos más visibles ante los ojos de los peatones, de los ciclistas o de cualquier otro conductor. No es válido argumentar que las apago porque yo veo bien el camino, el tema es que debo dejarlas encendidas para que me vean los demás”, explicó Alexander Solano Quirós, director de la Policía de Tránsito.

“El otro tema es que si igual son las 6:20 a. m., pero está oscuro, hay neblina, está lloviendo, también debo mantenerlas encendidas”, agregó el director.

Solano recordó que los motociclistas están obligados a encender la luz siempre, aunque sea el mediodía de un día muy soleado. No hacerlo implica una multa de ¢62.000. La misma sanción aplica para quien lleva las luces altas activadas, sea cual sea el tipo de vehículo, pese a que lleva vehículos adelante o viene uno en sentido contrario.

En el caso de las motos deben andar las luces encendidas siempre. Foto: Alonso Tenorio. (Alonso Tenorio)

“El problema es que encandilamos al conductor que viene de frente o por el retrovisor al que va adelante; por eso no debemos, no necesitamos, encenderla en este segundo caso, principalmente, porque ese vehículo de adelante nos sirve de guía”, manifestó el funcionario.

Otras conductas sancionadas con esa misma multa son cuando se usan neblineras sin que exista neblina, por ejemplo. La Ley también establece la sanción para quienes usan luces de reglajes o potencias excesivas.

En total, en cortes a mayo, se sancionaron 946 conductores por el tema de neblineras, potencias o reglajes excesivos, mal uso de la luz alta o por no usar la luz en la motocicleta.

Rocío Sandí

Rocío Sandí

Licenciada en Comunicación de Mercadeo de la Universidad Americana; Periodista de la Universidad Internacional de las Américas, con experiencia en Sucesos, Judiciales y Nacionales. Antes trabajó en La Nación y ADN Radio.

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