Más de uno se está preguntando si el feriado más próximo que tenemos, el del 15 de setiembre, Día de la Independencia, y que se pasará para disfrutar el 19 de este mismo mes, es de pago obligatorio o no.
Pues la respuesta es sí, así es que si ese día le toca trabajar, deben pagárselo doble.
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Los feriados de pago obligatorio se consideran un derecho de todas las personas trabajadoras y no se puede obligar a nadie a trabajarlos, la única manera en la que un patrón puede pedir a un colaborador que trabaje ese día es porque él está de acuerdo.
“Las empresas cuya modalidad de pago es mensual, quincenal o semanal en actividad comercial, reconocen el salario de todos los días del mes, aunque sean descansos semanales o feriados. En estos casos, deben cancelar el salario completo de la semana, quincena o del mes, incluyendo el feriado. Si trabajan ese día, deben agregar el salario de un día sencillo para cumplir con el pago doble que establece la ley”, explicó el ministerio de Trabajo en un comunicado.
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Si la persona trabaja horas extra en un día feriado de pago obligatorio, entonces estas deberán remunerarse con ‘pago triple’.
El Ministerio de Trabajo recordó que los feriados de pago obligatorio deben ser respetados por todo tipo de empresas, sin exclusiones.