Este 14 de agosto en el país, de acuerdo al Ministerio de Trabajo, se está disfrutando el feriado del Día de la Madre, el cual es mañana 15 de agosto oficialmente. Así que una vez que finalice este 14 de agosto, al 2023 le quedarán solo cuatro feriados más.
De acuerdo a la información oficial de este ministerio, el siguiente feriado en el calendario es el próximo viernes 15 de setiembre, Día de la Independencia, el cual es de pago obligatorio y su disfrute no se traslada como el año pasado, o sea, vamos a tener los desfiles de Independencia el mismo día en que se celebra la fecha. El feriado de la celebración de la Patria sí es de pago obligatorio.
Posteriormente sigue el jueves 31 de agosto, Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense. El disfrute de este feriado se traslada al domingo 3 de setiembre y es de pago no obligatorio.
El tercer feriado que falta es el viernes 1 de diciembre, Día de la Abolición del Ejército, no es de pago obligatorio y no se traslada su disfrute. Cerraremos el año con el feriado del lunes 25 de diciembre, Navidad, que es de pago obligatorio y no se traslada su feriado.
Con respecto a los feriados de pago obligatorio el Ministerio de Trabajo explica: “La Ley dice que todos los trabajadores tienen derecho a disfrutar del feriado, por ese motivo, no se puede obligar a trabajar a nadie, únicamente si están de acuerdo. Si se oponen a trabajar en el feriado, no pueden ser sancionados por esa causa. Se exceptúa de esta regla puestos esenciales para el país como cruzrojistas, bomberos y policías.
“Para el tema del pago, las empresas que pagan semanalmente (en actividad no comercial) es decir, que reconocen el salario sólo el tiempo efectivamente laborado, deben pagar los días trabajados durante esa semana y agregar un salario sencillo por el día feriado. Si se trabaja en el feriado, el salario adicional deberá ser doble el 14 de agosto”, aclara el Ministerio de Trabajo.
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En las empresas donde pagan por mes, quincena o semana en actividad comercial, reconocen el salario de todos los días del mes, aunque sean descansos semanales o feriados. En estos casos, deben cancelar el salario completo de la semana, quincena o del mes, incluyendo el feriado.
Si trabajan ese día, deben agregar el salario de un día sencillo para cumplir con el pago doble que establece la ley. Cuando se trabajan horas extra en este feriado, se deben pagar a tiempo y medio doble, es decir pago triple.
Al 2023 le faltan los siguientes feriados: