Los pulseadores de verdad, esos que sudan la gota gorda todos los días con un negocito pequeño, tienen en el régimen de tributación simplificada la salvación para no pagar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) mes a mes, si no cada tres meses.
No es que van a dejar de pagar IVA, lo que sucede es que la Dirección General de Tributación adaptó el impuesto a la realidad de esos pequeños negocios, que son dirigidos por breteadores que ganan alguito, pero no así como para convertirse en ricachos cargados de chochosca.
Negocios como abastecedores, bazares, carnicerías, ferreterías, pulperías, tiendas, verdulerías, depósitos de licores o licorerías (compra y venta de bebidas alcohólicas embotelladas, sin dar el servicio), fruterías (compra y venta de frutas, sin producirles alteración alguna), mueblerías (compra y venta de muebles, sin efectuarles manufacturación alguna), panaderías (compra y venta de productos de planificación, sin efectuar elaboración alguna), zapaterías (compra y venta de cualquier tipo de calzado, sin producirle alteración alguna).
Restaurantes, cafés, sodas y otros establecimientos que vendan comidas, bebidas o ambas; servicio de venta de comidas, bebidas o ambas, en forma simultánea o separada, mediante locales, especialmente acondicionados para esa actividad o por medio de cualquier mecanismo informal.
Además, se incluyen los locales de elaboración y venta de conos, sangüiches, granizados, pizzas, pupusas, refrescos, tacos, entre otros.
No podrán ingresar ni permanecer en el régimen establecimientos como los indicados cuando el valor máximo de cualquier opción individual de menú supere el 1.5% de un salario base (o sea, ningún plato que tengan en el menú debe superar los 6.393 colones).
¿Cuáles sí?
Todos aquellos negocitos que para funcionar (todo lo que compran para preparar y lo que venden) en el año no superan los 66 millones de colones.
Para entendernos mejor, si su negocio es de venta de empanadas en una ventanita de su casa, lo que compra al año en masa, carne mechada, pollo, carnita molida, olores para arreglar el pollo y la carne molida así como la carne mechada, el aceite y los otros ingredientes que ocupa para hacer esas empanadas, no pueden superar la cifra mencionada anteriormente, en todo el año.
Los contribuyentes del régimen simplificado no están obligados a emitir comprobantes electrónicos.