Casarse y divorciarse será muchísimo más fácil a partir de este martes 1º de octubre.
Las modificaciones se dan por la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal de Familia, algo que se había postergado por décadas.
Parte de la propuesta es “desjudicializar” y hacer mucho más sencillos una serie de trámites que hasta ahora, obligatoriamente, necesitaban de la intervención de un juez.
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Entre los procesos que tuvieron cambios destacan:
- Los divorcios por mutuo consentimiento: hasta ahora, si los dos integrantes de la pareja estaban de acuerdo en romper su vínculo, tenían que ir ante un notario y de ahí pasar el caso al juzgado. Ahora, bastará con la firma de la escritura y se tramita la desinscripción matrimonial ante el Registro Civil.
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- Matrimonio: las parejas podrán seguirse casando ante la Iglesia Católica o ante un notario, pero también estará la opción de ir directamente al Registro Civil y pedir que ahí los casen, como ocurre en Estados Unidos y en otros países.
- Reconocimiento de hijos de mujeres casadas: la ley presume que los hijos de una mujer casada son necesariamente de su esposo, y si otro hombre quería reconocer al hijo necesitaba un proceso judicial. Con el nuevo Código, bastará con que el papá biológico pida el trámite en el Registro y el hombre al que se le anotó la paternidad acepte el cambio.
- Adopción de mayores de edad: el reconocimiento se hará directamente a nivel registral, salvo que la persona tenga alguna discapacidad o no pueda expresar su voluntad.
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Estos trámites se realizan en todas las oficinas del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y no tienen costo.
El TSE dispuso que se harán un máximo de cuatro matrimonios por semana, tanto en la sede central como en sus oficinas regionales, los cuales se celebrarán el día, hora y lugar que disponga el órgano electoral. Esto quiere decir que en total se podrían gestionar hasta 132 uniones civiles, las cuales quedarán inscritas automáticamente luego de su realización.
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El horario para la recepción de solicitudes para celebrar los matrimonios será el siguiente: de lunes a viernes, en la sede central, de 8:00 a. m. a 10:00 a. m. y en las oficinas regionales, de 7:00 a.m. a 2:00 p.m.
Cuando los interesados presenten la solicitud deberán brindar el nombre de los testigos, así como el medio para recibir notificaciones y un número telefónico. También será necesaria la publicación de un edicto en el diario oficial La Gaceta, cuyo costo será sufragado por los solicitantes.
Desde 1973, el país había generado un Código de Familia, pero no había normas específicas para ejecutarlo, por eso lo que se usaba era el Código Procesal Civil y una colección de procesos independientes.
Ahora, con el nuevo Código Procesal de Familia se reúnen en un solo libro todos los temas relacionados.
La norma se aprobó para regir en 2020, pero la pandemia provocó su traslado al 2022. Tras algunos problemas financieros, se optó por reprogramar su aplicación para este año 2024.