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Canas se respetan a la hora de jubilarse, un jefe no puede obligar al trabajador a pensionarse

Si lo despiden por “viejo”, la empresa comete discriminación

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Si un trabajador se siente con toda la pata para seguir breteando aunque ya tenga los años y todas las cuotas para pensionarse, la empresa o el jefe no pueden mandarlo a descansar a la brava.

Una acción de inconstitucionalidad presentada por Gastón Guardia (q.d.D.g.) y resuelta desde setiembre de 1990 impide a los patronos obligar a una persona a pensionarse aunque haya adquirido el derecho. A Guardia le dieron la razón en el voto número 1146-90.

Y sacamos el tema por la inspiradora lección para los adultos mayores enviada por el presidente electo de Estados Unidos, Joe Biden, quien en enero entrará a la Casa Blanca con 78 años.

Un ejemplo muy cercano lo tenemos los ticos con don Rodolfo Méndez Mata, ministro de Obras Públicas y Transportes, el mejor funcionario de este Gobierno a sus 83 años.

Ellos dos son una clara muestra de que los adultos mayores tienen mucho qué aportar.

Por eso hoy tocamos el tema de la jubilación y hablamos con el abogado Eric Briones, quien se las sabe todas y reiteró que en Costa Rica la Sala IV ha dicho que no se puede obligar a una persona a pensionarse, si se hace se viola su derecho al trabajo.

“Hay diferentes tesis, mucha gente dice que no le están dando posibilidades a las nuevas generaciones. En Japón más bien dicen que es importante que haya personas ancianas dentro de la administración pública o el sector privado para que ayuden a las nuevas generaciones”, explicó Briones.

Fernando Naranjo sigue trabajando como Gerente de Volaris y aportando sus capacidades al servicio del país Foto: Melissa Fernández (Melissa Fernández)

Pero bueno, ¿qué pasa si la empresa ya no quiere contar con ese trabajador?

En el sector privado se puede despedir a cualquier trabajador cuando exista una razón justificable y no sea discriminatorio.

“No podrán aplicar que ese ‘viejillo’ ya se está pensionando y no me sirve, eso sería discriminatorio porque lo estaría despidiendo por la edad”, amplió el especialista en Derecho laboral.

El abogado Francisco Salas, de BDS asesores, agrega que aunque ya le hayan pagado las prestaciones laborales, si el trabajador demuestra que la edad fue la razón de su despido, lo pueden reinstalar en el puesto.

Como si nada. Don Eric también aclaró que una persona del sector privado, ya pensionada, puede seguir trabajando y ser recontratada en las mismas condiciones laborales que tenía antes de la jubilación o con algunas modificaciones (menor jornada laboral, etc).

Biden cumplirá 78 años el 20 de noviembre y en enero se convertirá en el presidente de Estados Unidos. AFP (JOE RAEDLE/AFP)

Eso sí, el trabajador sigue cotizando un porcentaje para seguir como asegurado y gozar de la atención médica que requiera, pero ya no cotiza para la pensión.

Los funcionarios públicos no tienen estas condiciones, si desean seguir breteando deberán suspender la pensión mientras recibe el salario.

Salas, de BDS asesores, detalla que las entidades que administran fondos de pensiones lo que hacen es declarar derechos, pero quien se decide si se pensiona o no es el trabajador.

“Puede (el trabajador) haber hecho el trámite en la Caja, verificar que tiene todas las cuotas, la edad y la Caja le emite un documento donde le confirma que tiene derecho a pensionarse, pero el trabajador decide cuándo se acoge”, dijo Salas.

La forma más salomónica para terminar la relación laboral en esos casos es que tanto trabajador como patrono se pongan de acuerdo y el trabajador acepte pensionarse.

Pero si el trabajador no se quiere ir el patrono deberá demostrar por qué quiere que se vaya.

“Si es un buen trabajador, rinde, cumple con sus tareas, ¿por qué lo va a despedir, ¿solo porque es viejito?”, insistió Salas.

“Incluso el patrono no tiene acceso a la información en relación a su número de cotizaciones y el cumplimiento de los requisitos para que le declaren el derecho (a pensión), lo único que puede conocer es la edad. Ante este panorama, un patrono responsablemente no debería hacer planes, basado en el supuesto de que se le pensionará porque puede ser que tenga la edad, pero no las cuotas necesarias o puede que no quiera hacerlo”, insistió el abogado de BDS.

Acompañamiento. La consultora en Recursos Humanos de Tadeus Human Resourses Maritza León tiene otra fórmula; ella prefiere avisar un año antes de que llegue la hora de jubilarse.

“El proceso de jubilación implica una ruptura en la actividad laboral de los colaboradores y puede impactar en la parte económica, social, sicológica y familiar, por esto los gestores de recursos humanos debemos identificar las personas que están en esa etapa para implementar un plan de jubilación y brindarles el apoyo para dar este paso y superar la transición. Que su retiro sea una oportunidad para nuevas opciones personales o inclusive profesionales”, explicó León.

Los riesgos de no brindar la debida asesoría puede ocasionar depresiones, ansiedades y enfermedades en el futuro jubilado.

En el caso del sector público como el de Rodolfo Méndez Mata, debió suspender su pensión para poder ganar un salario. Foto: Alonso Tenorio (Alonso Tenorio)
Karen Fernández

Karen Fernández

Periodista con una licenciatura en Producción de Medios. Forma parte del equipo de Nuestro Tema y tengo experiencia en la cobertura de noticias de espectáculos, religiosos, salud, deportes y nacionales. Trabajo en Grupo Nacion desde el 2011.

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