Todo breteador que gane menos de ¢900 mil al mes podrá tener un abogado que pagará el Estado, para que defienda sus derechos en caso de bronca con el patrono. Así lo establece la Reforma Procesal Laboral (RPL), que comenzará a regir el próximo 25 de julio.
El 25 de julio también se abrirá una sección especializada en el Departamento de Defensores Públicos del Poder Judicial, para atender a esos trabajadores que necesitan la manita de un abogado gratuito en sus pleitos laborales.
Esta sección será independiente de las otras áreas jurídicas y tendrá abogados puras tejas en el conocimiento de derecho laboral, a quienes se les conocerá como abogados de asistencia social. El Colegio de Abogados y cualquier otra organización puede hacer por su cuenta uno o varios centros de asistencia legal gratuita al servicio del pueblo.
Como todo cambio, se necesita que las partes involucradas se acomoden a la nueva realidad laboral que se comenzará a vivir a finales de julio próximo. A los breteadores les toca informarse bien y a la prensa informar a cachete, es por eso que a partir de hoy en La Teja le estaremos brindando detalles de lo que será la RPL.
El Ministerio de Trabajo alista a su gente para atender al pueblo, por eso van a crear 108 puestos de trabajo, en los que se incluye 12 árbitros (serán como jueces, pero para llegar a acuerdos, sin la bronca de un juicio) y 18 conciliadores. El Poder Judicial también se está adaptando con la apertura de 231 puestos abajo que incluye 72 abogados defensores.
Hay dos casos especiales en los cuales el abogado gratuito lo pone el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) (ver recuadro: 1,2,3), cuando el que luche por sus derechos laborales sea un menor de edad (mayor de 15 años y menor de 18), y cuando una mamita embarazada sienta que le están atropellando sus derechos laborales relacionados con su maternidad. Para estos dos casos no aplica aquello de que tendrán abogado gratis los que ganen menos de ¢900 mil, para ellos la defensa es gratuita sin importar lo que ganen.
Enorme cambio
La RPL es un gran cambio en nuestra legislación laboral que se une a la aprobación del Código de Trabajo en 1943, la Ley del Aguinaldo (1957) y la Ley de Protección al Trabajador (2000). La Ley 9343 tiene como objetivo modernizar la legislación laboral existente, para que los trabajadores puedan tener una justicia laboral pronta y cumplida.
A partir del próximo 25 de julio se modificará el actual Código de Trabajo en todo lo que tiene que ver con los juicios laborales y las relaciones entre los trabajador y el patrono de forma individual y colectiva.
Para tener una mejor idea de lo enorme que es el cambio, es importante entender que el actual Código de Trabajo de Costa Rica tiene 624 artículos y la Reforma Procesal Laboral 713 artículos. Esto significa que se vienen 89 artículos nuevos y que, de acuerdo a lo que nos explica doña Adriana Quesada Hernández, jefe del departamento legal de la dirección de asuntos laborales del Ministerio de Trabajo, más o menos 260 artículos que ya existen en el Código de Trabajo serán modificados.
Dentro de las novedades en la Ley está que todo funcionario que tenga que ver con reclutamiento, o selección de personal y que incurra en discriminación podrá ser despedido sin responsabilidad patronal.
En lo que respecta al área laboral colectiva, se vienen nuevas reglas de juego para la cantidad de trabajadores que se necesitan para convocar una huelga, cuándo es legal una huelga y quiénes no pueden hacer huelga (como por ejemplo, los médicos de emergencias de los hospitales); este será un tema que ampliaremos próximamente, así como todo lo que tiene que ver con la nueva forma en que la Ley ve el tema de la discriminación laboral y cómo trata la Ley a las embarazadas.
1, 2, 3 CON LA TEJA
1. ¿Cuándo entra en vigencia la Reforma Procesal Laboral?
La RPL fue publicada en La Gaceta el lunes 25 de enero del 2016 y entrará a regir 18 meses después, el 25 de julio del 2017.
2. ¿Qué modificaciones hace la RPL en el actual Código de Trabajo?
Modifica el Código de Trabajo en tres grandes áreas: a) la procesal; es decir, todo lo relacionado con las nuevas reglas en los juicios laborales, con el objetivo de hacerlos más rápidos y expeditos; b) la individual, que regula la relación patrono-trabajador y, c) la colectiva, la cual regula la relación entre el patrono y los grupos de trabajadores u organizaciones sindicales.
3. ¿A quiénes se les dará el beneficio de abogado gratis?
El PANI se lo dará a los jóvenes mayores de 15 y menores de 18 y a las madres para reclamos de sus derechos con la maternidad, sin importar cuánto ganen. El Estado se lo dará a los trabajadores que ganen menos de ¢900 mil.