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¿Anda sin bumper o sin parabrisas? Le puede salir caro...

No importa si su carro está siendo reparado en un taller, debe cumplir con la Ley

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No se le olvide que si tiene carro debe cumplir con la normativa vigente en la Ley de Tránsito. En otras palabras, existen muchas faltas relacionadas con el estado del carro que se deben cumplir al pie de la letra.

El freno de mano en buen estado es obligatorio. Hacerle ajustes periódicos es importante. Así, es ilegal circular sin el parachoques o “bumper”, sea el delantero o el trasero.

22/01/2019. Uruca, San José Costa Rica. Agencia de Autos Subaru. Prueba de Manejo del Subaru Forester con el Sistema "Subaru EyeSight Driver Assist Technology", el cual puede frenar el carro por completo de ser necesario. Esto es posible a la cámara estéreo que tiene atras del retrovisor en el parabrisas. Fotografía: Alejandro Gamboa Madrigal (Alejandro Gamboa Madrigal)

Se comprende que puede estar en reparación o en un taller de pintura, pero la Ley es clara en que es necesario tenerlos colocados para circular. El artículo 32 de la Ley de Tránsito así lo establece y la multa por incumplir ese artículo es de ¢24.000.

De igual manera, es ilegal conducir sin alguno de los parabrisas, delantero o trasero, sea que no se porta nada o que se coloca un plástico en su lugar. El que estén a la espera de que la agencia les consiga el parabrisas no valida el circular sin él. También la multa es de 24 mil colones.

Eduardo Vega

Eduardo Vega

Periodista desde 1994. Bachiller en Análisis de Sistemas de la Universidad Federada y egresado del posgrado en Comunicación de la UCR. Periodista del Año de La Teja en el 2017. Cubrió la Copa del Mundo Sub-20 de la FIFA en el 2001 en Argentina; la Copa del Mundo Mayor de la FIFA del 2010 en Sudáfrica; Copa de Oro en el 2007.

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