Las molestas llamadas que realizan las empresas que se dedican a hacer cobros de deudas o extorsionadoras, podrían acabar de una vez por todas.
Los diputados de la Comisión de Seguridad y Narcotráfico dictaminaron de manera positiva la iniciativa “Ley contra el acoso telefónico y llamadas extorsionadoras”.
LEA MÁS: Marchamo 2025: En tres días el INS recaudó una millonada superior al Gordo Navideño
El texto fue presentado por la diputada independiente Gloria Navas y pretende sancionar a las entidades que constantemente llaman a clientes o contactan a familiares o personas cercanas a los deudores.
La propuesta generará sanciones, tanto económicas, como de prisión cuando se dé el acoso o llamadas en las que se realicen extorsiones o amenazas.
LEA MÁS: Marchamo 2025: Bancos y comercios ofrecen muchos premios a quienes paguen con ellos
“Sancionar para que no se persiga a las personas, que no se les acose mediante llamadas telefónicas, mensajes y que se les notifique solo en el lugar donde se determine en el contrato inicial”, dijo Navas.
La propuesta tuvo el apoyo de la Oficina de Apoyo al Consumidor, la cual consideró que era urgente legislar sobre ese tema.
Las empresas financieras, entre ellas los bancos, tendrán prohibiciones específicas a la hora de cobrar las deudas a los clientes, y, en caso de no cumplirlas, serán sancionados económicamente por la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) y por la Agencia de Protección de datos de los Habitantes (Prodhab).
LEA MÁS: Ponga mucha atención al gran cambio en el pago de incapacidades
Entre las prohibiciones que se detallan en el proyecto están:
-Hacer llamadas en horas no hábiles de oficina.
-Realizar llamadas de manera excesiva.
-Contactar a terceros sin consentimiento.
-Amenazar con acciones legales falsas.
-Ignorar solicitudes de cese de comunicación.
LEA MÁS: Ministra de Educación redondea un salario bastante jugoso gracias a sus dietas
“La infracción a cualquier disposición de este artículo representa una multa de diez salarios base (unos ¢4 millones). La reincidencia a la infracción de cualquier disposición de este artículo será de veinte salarios base (unos ¢8 millones)”, dice la propuesta.
Respecto al tema penal, se detallan penas de cárcel de hasta cuatro años.
“Se impondrá pena de prisión de uno a tres años a la persona que realice acoso telefónico mediante llamadas no deseadas repetitivas, continuas y persistentes, o comunicaciones telefónicas no deseadas al deudor, sus familiares y su lugar de trabajo, con el propósito de molestar, intimidar, asustar y perturbar al receptor de la llamada”.
Sobre el cobro telefónico extorsivo, la propuesta indica que “se impondrá pena de prisión de dos a cuatro años”.
Este proyecto de ley está listo para ser votado en primer y segundo debate en el plenario legislativo.