Hay noticias sobre la polémica ley jaguar que impulsa el presidente de la República, Rodrigo Chaves, pero estas no le van a hacer nada de gracia al mandatario.
El Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa emitió un informe sobre la tercera versión de la ley y concluye que esta, que es de solo un párrafo, no aportaría ninguna innovación al ordenamiento jurídico del país, y que más bien el llevar la iniciativa a referéndum, como pretende el Gobierno, sería desperdiciar tres mil millones de colones.
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En el documento se detalla que lo que pretende aportar el proyecto, ya está contemplado en la ley, por lo que no tiene ningún sentido.
“El contenido normativo de la reforma planteada al ordinal 12 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República ya forma parte del ordenamiento jurídico vigente en el país; específicamente en cuanto establece que las funciones, decisiones y actuaciones de la Contraloría General de la República no podrán “sustituir” o “abarcar” competencias propias de la administración pública activa", concluye el documento.
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El informe se da como respuesta de una consulta enviada por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), que pretendía determinar si era o no viable llevar a cabo la consulta ciudadana.
El tercer jaguar no tiene sentido
Como las primeras dos propuestas de la ley jaguar fueron declaradas inconstitucionales, el Poder Ejecutivo insistió en esta tercera versión que pretende agregar un párrafo a la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.
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“De conformidad con los artículos 11, 183 y 184 de la Constitución Política, la Contraloría General de la República, en el ejercicio de cualquiera de sus funciones, decisiones y actuaciones, no podrá sustituir o abarcar asuntos que corresponden exclusivamente a las competencias propias de la administración pública activa en toda su extensión y en el ejercicio de sus modalidades de función decisora, ejecutiva, resolutora, directiva u operativa; tal y como lo precisa el inciso a) del artículo 2 de la Ley General de Control, Ley 8292, de fecha 4 de setiembre del 2002″.
El TSE también consultó a Servicios Técnicos si la propuesta deroga normas, competencias o funciones previamente asignadas y el informe aclara que no.
Para el Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea, llevar a cabo un referéndum para una iniciativa innecesaria implica un gasto significativo que, en realidad, se podría utilizar para cubrir necesidades sociales, sanitarias o educativas de la ciudadanía.
En caso de aprobarse el proyecto de ley se estaría cayendo en una “reiteración normativa” o “repetición normativa”, que es cuando una norma dice algo de una forma y se desea crear otra que expresa lo mismo con otras palabras.