Minerva Hernández se montó en el bus de Lumaca que hace servicio de Cartago a San José, y en el asiento del lado, cruzando el pasillo, estaba un tipo en actitud sospechosa.
Eran las 7 de la mañana y este hombre viajaba tranquilamente en transporte público viendo pornografía. Así lo observó claramente Minerva, aunque el adulto intentaba tapar la pantalla metiéndola en el bulto que cargaba, el cual iba abierto.
“Fue horrible, él intentó esconder el teléfono, pero siempre se veía. Yo lo empecé a ver porque estaba en actitud misteriosa, y cuando me percaté de lo que estaba viendo, me alarmé. Así fue durante todo el camino. Yo me molesté, él lo notó, pero me ignoró. Entonces yo comencé a tomarle fotos y video, en ese momento él se dio cuenta y se dejó de hacerlo”, contó Minerva.
Esta esteticista y estudiante, comentó que no le dijo al chofer lo que estaba sucediendo porque en una oportunidad anterior había denunciado otro hecho que le incomodó y el conductor no le hizo caso. Al tipo tampoco le dijo nada porque le dio miedo enfrentar una reacción violenta y no poder defenderse.
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“Uno no sabe cómo actuar. Yo me asusté del grado de enfermedad de ese señor, a las 7 de la mañana tener que estar viendo eso camino al trabajo y en un sitio público no tiene nombre. Unos asientos atrás venían niños y si a la par de ese señor hubiera estado una mujer le hubiera incomodado mucho, se hubiera ofendido”, indicó la denunciante.
Según las estadísticas del sitio más grande del mundo en pornografía, Pornhub, Costa Rica ocupa el puesto 69 en el tráfico en este sitio web, así salió en una medición del 2017, un puesto alto tomando en cuenta que a nivel de población ocupamos el puesto 122.
En dicho sitio web, con sede en Canadá, los ticos duran metidos en promedio nueve minutos y 48 segundos al día y 37 de cada 100 ticos que se meten son mujeres.
La mayoría de quienes visitan dicha página ingresan de 3 a.m. a 9 a.m y el día favorito para esta conducta es el domingo.
¿Qué hacer?
Ante una situación como la que enfrentó Minerva, Manuel Vega, director de Consejo de Transporte Público, explicó que dentro del bus, todos los usuarios deben viajar con comodidad y cumpliendo las reglas básicas de convivencia, por eso no se permite que viajen personas tomadas, ni conductas como el acoso o agresiones verbales o físicas.
“En este caso en particular, el pasajero que observe una actitud así debe avisar al chofer, para que le llame la atención al usuario y si no acata dejar esa conducta, debe bajarlo de la unidad. No es permitido que las personas vayan haciendo cosas que violenten un estado de tranquilidad del resto de los pasajeros”, aseguró Vega.
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En el caso de denuncias de índole sexual, Vega comentó que aparte de ver porno, han recibido quejas por “restregarse” entre los pasajeros, incluso entre varones, o por masturbarse.
¿Es delito?
Pero una conducta de este tipo, ¿acarrea alguna sanción?
La Teja contactó a Alcides Arce, del departamento legal de la Fuerza Pública, quien indicó que si un usuario de autobús denuncia al 911 un caso similar, se debe valorar si el denunciado está observando pornografía infantil o para adultos.
“Si está viendo pornografía infantil es un delito, debe llamar al 911 y la Fuerza Pública lo llevará detenido y lo presentará a la Fiscalía. Si está observando pornografía para adultos, puede constituirse en una contravención que cabe dentro del artículo 392 inciso 3 del Código Penal, palabras o actos obscenos, el cual se refiere a actos deshonestos o actitudes indecorosas en sitios públicos. Se hace un parte y el juez contravencional decide”, explicó el abogado.
Si se trata de pornografía infantil, la Fiscalía General de la República informó que se trataría del delito de tenencia de material pornográfico, el cual se encuentra en el artículo 173 bis del Código Penal. Este establece penas de prisión de uno a cuatro años a quien posea material pornográfico infantil.
Si la persona muestra ese material a personas menores de edad (sea pornografía infantil o de adultos) podría configurarse en un delito de difusión de pornografía, incluido en el artículo 174 del Código Penal y que establece penas de prisión de tres a siete años o, en su forma agravada, de cuatro a ocho años.
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El Consejo de Transporte Público cuenta con el call center 2586-9090 (de 7 a.m. a 4 p.m. de lunes a viernes ) donde reciben denuncias y ponen en regla a los choferes y empresas que no tomen acciones con respecto al comportamiento de algún usuario. |